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Uso de un bien ajeno, cuya propiedad no se posee, pero que se ha recibido como beneficio, siempre que no se deteriore y se pueda restituir cuando el propietario lo decida. El usufructo es en realidad u beneficio, aunque no implique una propiedad. Y se debe regular por las normas de la justicia y de la equidad.
Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006
Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa