Un gobierno en el cual Dios mismo es el soberano. El mejor y tal vez el único ejemplo entre las naciones es Israel, desde el tiempo en que Dios la redimió del poder de faraón secando el mar Rojo (Exo 15:13; Exo 19:5-6) y le dio la ley en el monte Sinaí, hasta el tiempo en que Samuel accedió a sus demandas por un rey (1Sa 8:5). Durante este período Dios gobernaba por medio de Moisés (éxodo 19—Deuteronomio 34), Josué (Josué 1—24), y los jueces. Desde el punto de vista humano, el poder estaba mayormente en manos de los sacerdotes, quienes actuaban en base a las leyes dadas por Dios, en las cuales estaban juntos todos los poderes del estado:
legislativo, ejecutivo y judicial.
Fuente: Diccionario Bíblico Mundo Hispano
Palabra que se deriva del griego theos (Dios) y kratein (gobernar). Significa, entonces, †œgobierno de Dios†. El término no aparece así en la Biblia. Se atribuye a †¢Josefo el haberlo utilizado por primera vez. El concepto, sin embargo, puede identificarse en el AT. Dios dijo a los israelitas que ellos serían su †œespecial tesoro sobre todos los pueblos; porque mía es toda la tierra. Y vosotros me seréis un reino de sacerdotes† (Exo 19:5-6). Cuando el pueblo pidió a Samuel que les constituyera un rey, Dios le dijo a su siervo: †œ… no te han desechado a ti, sino a mí me han desechado, para que no reine sobre ellos† (1Sa 8:7). La verdadera teocracia es la anunciada por el Señor Jesús, que †œvino a Galilea predicando del reino de Dios† (Mar 1:14). †¢Reino de Dios. Reino de los cielos.
Fuente: Diccionario de la Biblia Cristiano
ver, URIM Y TUMIM, JUECES (Libro), PACTO, MOISES, DEUTERONOMIO, MILENIO, REINO DE DIOS
vet, Josefo acuñó este término para definir el gobierno instituido en el Sinaí: «Nuestro legislador… ordenó que nuestro gobierno fuera lo que designaré por el expresivo término de teocracia: Dios ejerciendo la autoridad» (Contra Apión 2:17). Jehová, el cabeza de la nación, se sentaba entre los querubines (Ex. 25:22). Detentaba la autoridad legislativa, ejecutiva y judicial. Había dado a conocer al pueblo la Ley fundamental del Estado, y suscitado hombres capaces de gobernar en Su nombre. Había jueces que cumplían la mayor parte de las funciones judiciales, y sólo se presentaban directamente ante el Señor los problemas de más difícil resolución (Ex. 18:19). (Véase URIM Y TUMIM.) Dios ejercitaba mediante Moisés y por los profetas la autoridad legislativa (Dt. 18:15-19), pero la Ley dada raramente precisó modificaciones o adiciones. En cuanto a las funciones ejecutivas, fueron confiadas a caudillos llamados Jueces. Suscitados cuando se hacía sentir su necesidad, estos hombres se mostraban dignos de la confianza del pueblo, y asumían la dirección de los asuntos (véase JUECES). Dios hizo de la obediencia la base del régimen teocrático que propuso a Israel en el Sinaí (Ex. 19:4-9). Los ancianos aceptaron esta condición (Ex. 19:7, 8). Jehová hizo resonar el Decálogo, la base misma del Pacto, en los oídos de los israelitas (Ex. 20:1, 19, 22; Dt. 4:12, 33, 36; 5:4, 22; Ex. 19:9). El pueblo, embargado de temor, pidió que no le fueran dadas directamente las normas que se desprendían de los Diez Mandamientos, sino por medio de Moisés (Ex. 20:18-21). El pacto fue ratificado. Moisés escribió en un libro todas las palabras de Jehová, erigió un altar y doce columnas, ordenó ofrecer un sacrificio, y esparció la mitad de la sangre de los animales inmolados sobre el altar. Leyó el libro del pacto al pueblo, y todos se comprometieron a obedecer a Jehová. Moisés roció entonces al pueblo con el resto de la sangre, diciendo: «He aquí la sangre del pacto que Jehová ha hecho con vosotros sobre todas estas cosas» (Ex. 24:3-11; véase PACTO). El pacto había quedado establecido. El Decálogo, ley fundamental del Estado, recibiría en nuestros días el nombre de «constitución». Era un convenio pasado entre Dios y la comunidad de Israel. Los principios básicos estaban grabados sobre dos tablas de piedra depositadas en el arca. Esta constitución recibía el nombre de «Tablas del Pacto» (Dt. 4:13; 9:9, 11; 1 R. 9:9-21; cfr. Nm. 10:33; Jue. 20:27; 1 S.4:3), o del «testimonio» (Ex. 31:18; 32:15, etc.). Las normas que se derivan del Decálogo no son nunca contrarias a ellas. Son su aplicación a la vida cotidiana. Estos estatutos, agrupados ordenadamente, especialmente de diez en diez o de cinco en cinco, forman un código en el que el término «Si» marca frecuentemente el comienzo de las subdivisiones. Secciones esenciales: (a) Leyes relativas al altar y al culto (Ex. 20:23-26). (b) Leyes salvaguardando los derechos de los hombres: la libertad (Ex. 21:2-11); homicidio voluntario y accidental (Ex. 21:12-32); daños causados a la propiedad (Ex. 21:3-22:15). (c) Estatutos relacionados con la conducta individual (Ex. 22: 1-23:9). (d) Ordenanzas concernientes: al año y día sabáticos, a las fiestas, los sacrificios (Ex. 23:10-19). (e) Promesas (Ex. 23:20-33). En cuanto a la fecha, carácter y codificación de estas ordenanzas, véase MOISES. En cuanto a las modificaciones y adiciones posteriores, con vistas a la vida sedentaria en la Tierra Prometida, que precisaba de modificaciones en algunas de las leyes promulgadas para la peregrinación en el desierto, véase DEUTERONOMIO. Desde la institución de la teocracia en el Sinaí, el pueblo supo que Dios lo gobernaba por medio de Moisés, encargado por El para ejercitar los poderes legislativo, judicial y ejecutivo. Ya había jueces subalternos que ayudaban a Moisés (Ex. 18:21-26). Al final de la peregrinación en el desierto, los israelitas recibieron la promesa de que Dios seguiría revelándoles Su voluntad (Dt. 18:15-19). Moisés les anunció que Dios proveería para su sucesión, pero que llegaría un día en que el pueblo mismo pediría tener un rey como todas las demás naciones (Dt. 17:14-20). El mantenimiento de la teocracia dependía, en efecto, de la actitud de Israel hacia Dios y hacia el pacto. Los israelitas formaban doce tribus ligadas por lazos de sangre, lengua e historia común, y la esperanza de disfrutar de la libertad en su propio territorio; todo ello contribuía a unirlos; pero es indiscutible que el hecho de estar agrupados bajo la misma autoridad teocrática, representaba para ellos el más poderoso de los vínculos. Fue a partir de que Jehová dejó de reinar sobre ellos de una manera inmediata que se manifestaron las tendencias al cisma (1 S. 10:27; 2 S. 2:8-10; 3:1; 15:10; 17:24; 19:9-10, 41-20:22; 1 R. 12:16-19). En el momento en el que la nación reclamó un soberano de entre los suyos, el Señor dijo de una manera expresa a Samuel: «No te han desechado a ti, sino a mí me han desechado, para que no reine sobre ellos» (1 S. 8:7 cfr. 1 S. 10:19; 12:12). Así acabó la verdadera teocracia en Israel. Sin embargo, Dios no abandonó al pueblo elegido ni Sus planes con respecto a ellos. Por pura condescendencia, Dios les constituyó a Saúl (1 S. 9:15-17; 10:22-24; 12:13, 22), después a David (1 S. 16:1, 12-13), el hombre según su corazón (1 S. 13:14). Hubo a continuación, al menos bajo los mejores reyes, una especie de régimen semiteocrático. Pero no se trataba de nada más que un estado poco satisfactorio y provisional. Mediante sus profetas (incluyendo al mismo David), el Señor anunció la venida del Mesías-Rey, que establecería la perfecta teocracia, en conformidad a su plan eterno (1 S. 25:7, 12-13, 16; Sal. 2; 45:7-8; 72:1-11; Is. 9:5-6; 11:1-10, etc.). El reinado glorioso del Milenio será la última palabra del Señor sobre la tierra (Ap. 20:1-10) conduciendo a la manifestación de su reino eterno en el cielo. (Véanse MILENIO, REINO DE DIOS.)
Fuente: Nuevo Diccionario Bíblico Ilustrado
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Gobierno directo de Dios (Teos, Dios y kratos, gobierno). Pero es evidente que detrás del término y del concepto, sólo hay una manipulación clerical o un fingimiento religioso. Es decir que son los clérigos, o personas dedicadas al culto en diversas religiones, los que pretenden gobernar en nombre de Dios y según los dictámenes de la divinidad.
Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006
Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa
Flavio Josefo fue defensor de una teocracia o gobierno de Dios a través de los sacerdotes de Jerusalén. Ese sistema desapareció tras el 70 d.C. (con la destrucción del templo), quedando sólo como recuerdo en la Misná, pero pervivió y fue recreado, con los cambios necesarios, en un tipo de cristianismo cesaropapista. Por eso resulta ilustrativo evocar las palabras de F. Josefo, quien, después de haber hablado de los tres sistemas de gobierno usuales en el mundo griego (monarquía, oligarquía y democracia), añade: «Nuestro legislador [Moisés] no atendió a ninguna de estas formas de gobierno, sino que dio a luz el Estado teocrático, como se le podría llamar…, que consiste en atribuir a Dios la autoridad y el poder… ¿Qué ley podría ser más hermosa y más justa que la que atribuye a Dios el gobierno de todo, la que encomienda a los sacerdotes administrar los asuntos más importantes en interés público y la que confía al Sumo Sacerdote, a su vez, la dirección de los demás sacerdotes…? Los sacerdotes quedaron encargados de vigilar a todos, de dirimir las controversias y de castigar a los condenados… La legislación de Moisés prescribe un único templo para un único Dios… Los sacerdotes han de servirle continuamente [a Dios], A éstos los ha de presidir siempre quien les precede por su linaje» (Contra Apión, XVI, 165; XXI, 185-187; XXIII, 192-194, Alianza, Madrid 1987). Los judíos rabínicos hubieran aceptado simbólicamente esta visión de la teocracia, pero añadiendo que no podía ni debía aplicarse en su tiempo, pues templo y sacerdotes habían perdido su función, de tal forma que el «poder de Dios» se reflejaba en la interpretación y adaptación rabínica de la Biblia y de las tradiciones legales. Por el contrario, los cristianos, más partidarios de una Iglesia fuerte, han aplicado casi literalmente ese esquema, en un proceso que culminó en la reforma gregoriana (siglo XI d.C.) y que ha llegado hasta la actualidad, aunque sólo en un plano religioso, no político, allí donde se dice, apoyándose en Mt 16,17-19, que Cristo ha concedido a Pedro y a sus sucesores el poder supremo del Sumo Sacerdocio, conforme a una visión jerárquica y sacrificial, es decir, teocrática, de la sociedad.
PIKAZA, Javier, Diccionario de la Biblia. Historia y Palabra, Verbo Divino, Navarra 2007
Fuente: Diccionario de la Biblia Historia y Palabra
La palabra se deriva del griego zeos, «Dios», y kratein, «gobernar». Por lo tanto indica el gobierno de Dios. Parece que fue Josefo quien acuñó la palabra, según Thackeray, y le dio una connotación política (Contra Apion II, 165). Pero la idea se remonta al AT (Ex. 19:4–9; Dt. 33:4, 5). La ley del rey (Dt. 17:14–20) reconoce el control último de Dios el Señor. La tendencia de Saúl era antiteocrática, pero la de David fue teocrática y a él le fue dada la promesa del gran Hijo de David (2 S. 7:13–16).
Aunque el sentido político es esencial en la palabra teocracia, de acuerdo a la idea de Josefo, también encierra una idea más amplia incluyendo cada esfera y relación de vida gobernados en el AT por la contemporánea y continua revelación especial de Dios. Los vehículos humanos usados para capacitar a Israel de modo que éste cumpliera con la ley de Jehová, incluyeron no únicamente reyes, sino una sucesión de profetas como Moisés (Dt. 18:14, 15). Se incluía también a los sacerdotes y levitas, a quienes Dios les dio el deber de presentar sacrificios típicos redentivos delante del Señor, mirando a la sangre derramada de Cristo, y el deber de enseñar al pueblo la ley moral, los estatutos, juicios, historia sagrada, profecía y poesía del AT.
BIBLIOGRAFÍA
M.G. Kyle, The Problem of the Pentateuch, chap. I; M.J. Wyngaarden, The Future of the Kingdom, chap. III.
Martin J. Wyngaarden
Harrison, E. F., Bromiley, G. W., & Henry, C. F. H. (2006). Diccionario de Teología (596). Grand Rapids, MI: Libros Desafío.
Fuente: Diccionario de Teología
Forma de gobierno civil en la que el propio Dios es reconocido como jefe. Las leyes de la comunidad son los mandamientos de Dios, y son promulgadas y expuestas por los representantes acreditado de la Deidad invisible, real o supuesta – generalmente el clero. Así, en una teocracia cívica las tareas y funciones forman parte de la religión, lo que implica la absorción del Estado por la Iglesia o al menos la supremacía de esta última sobre el Estado.
La utilización más antigua registrada del término “teocracia” se encuentra en Josefo, quien aparentemente la acuña al explicar a los lectores gentiles la organización de la comunidad judía de su época. Al contraponer ésta con otras formas de gobierno – monarquías, oligarquías y repúblicas – añade: “Nuestro legislador [Moisés] no tuvo en cuenta ninguna de estas formas, sino que ordenó nuestro gobierno a lo que, con expresión forzada, puede llamarse una teocracia [theokratian], al atribuir el poder y la autoridad a Dios, y persuadir a todo el pueblo de que lo tuviera en cuenta como autor de todas las cosas buenas”(Contra Apión, libro II,16). En relación con esto Josefo se introduce en una larga y prolija discusión del tópico, pero todo el pasaje es instructivo.
Hasta qué punto se realizaron los ideales de la teocracia mosaica en la historia del Pueblo Elegido es asunto de controversia. Muchos eminentes eruditos se inclinan a restringir su dominio casi exclusivamente al periodo posterior al exilio, cuando incuestionablemente el gobierno hierocrático y las ordenanzas del Código sacerdotal fueron llevadas a efecto más plenamente que en ninguna de las épocas precedentes. Sea como fuere, y renunciando a la discusión crítica de los escritos del Antiguo Testamento con los que la solución de la cuestión está íntimamente relacionada, se puede llamar la atención al hecho de que la creencia en el gobierno teocrático de las naciones y tribus es, en forma más o menos vulgar, característica del fondo común de las ideas religiosas semíticas. Las diversas deidades eran consideradas como teniendo una jurisdicción territorial, combatiendo por sus respectivos pueblos y defendiendo los territorios en que moraban. Esto se prueba ampliamente por los registros históricos y religiosos existentes de los asirios y los babilonios, y la misma idea encuentra ocasional expresión en el propio Antiguo Testamento(ver, por ejemplo, Jueces 11, 23 y ss.; 1 Samuel 26,19; Ruth 1 15-16, etc.). En un pasaje del Libro de los Jueces, se representa a Gedeón rechazando la realeza que el pueblo le ofrece tras su victoria sobre los madianitas, en términos que implican que el establecimiento de una monarquía permanente supondría una deslealtad para con el gobierno de Yahvé. “No seré yo el que reine sobre vosotros, ni mi hijo; el Señor reinará sobre vosotros” (Jueces 8, 23). Más explícita y contundente expresión se da a la misma opinión en el Primer Libro de los Reyes en relación con la apelación del pueblo al anciano profeta Samuel de que constituya un rey para ellos a la manera de las demás naciones. La petición disgusta a Samuel y al propio Señor, que ordena al profeta que acceda a los deseos del pueblo que puede ser castigado por el rechazo de su reino. “Y el Señor dijo a Samuel: Haz caso a todo lo que el pueblo te dice. Porque no te han rechazado a ti, me han rechazado a mí, para que no reine sobre ellos” (1 Samuel 8,7). De nuevo en el capítulo 12, Samuel, en su discurso final al pueblo, le reprocha en términos similares: “ me habéis dicho: No, que reine un rey sobre nosotros, siendo así que el Señor vuestro Dios era vuestro rey”. Y a la llamada del profeta el Señor envía el trueno y la lluvia como signo de su disgusto, “y reconoceréis y veréis el gran mal que habéis hecho a los ojos del Señor, al pedir un rey para vosotros”.
La relación de estos pasajes con la institución histórica de la teocracia varía en la estimación de diversos eruditos según la fecha que los mismos asignan a las fuentes a que pertenecen los pasajes. Wellhausen y su escuela, principalmente sobre bases a priori, los consideran un retoque del periodo posterior al exilio, pero es mucho más probable que formen parte de una tradición mucho más antigua e indiquen que una creencia en la realeza del Señor sobre el Pueblo Elegido existía antes del establecimiento de una monarquía terrenal. Al mismo tiempo, no hay suficiente garantía como para suponer por la autoridad de estos textos que el gobierno teocrático en Israel acabó con la inauguración de la monarquía, como es evidente en la narración del pacto del Señor con el rey David y su descendencia (2 Samuel 7, 1-17).
Según los términos de este pacto, el monarca terrenal continúa bajo el control del Rey celestial, y es constituido como su delegado y representante. Y esta dependencia directa del rey respecto del Señor en cuanto a sabiduría y guía es dada por supuesta en todos los datos históricos de la monarquía hebrea. La prueba suprema del merecimiento de cualquier rey para ocupar su elevada posición es su fidelidad al Señor y a la ley revelada por Éste. Los libros históricos y aún más los escritos de los profetas, proclaman la constante creencia de que Dios ejercía un gobierno especial y eficiente sobre Israel mediante sus bendiciones, castigos y rescates. En el periodo posterior al exilio el gobierno hierocrático se convirtió en el rasgo dominante de la teocracia judía, y pese a sus limitaciones y perversiones, preparó, de acuerdo con los designios de una sabia Providencia, el camino para el Nuevo Orden – el Reino de los Cielos tan a menudo mencionado en los Evangelios.
Bibliografía: VIGOUROUX, Dictionnaire de la Bible, s.v.
Fuente: Driscoll, James F. «Theocracy.» The Catholic Encyclopedia. Vol. 14. New York: Robert Appleton Company, 1912.
http://www.newadvent.org/cathen/14568a.htm
Traducido por Francisco Vázquez
Fuente: Enciclopedia Católica