HABEAS CORPUS

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Expresión jurí­dica que reclama el derecho a ser atendido de inmediato por la autoridad judicial ordinaria. Busca que se aplique la legalidad o la justicia inmediata sobre la procedencia o no de la detención de un reo y pueda ser puesto en libertad si no hay motivación objetiva que justifique la privación de libertad. Se decide ésta hasta el juicio y la absolución o condenación del encausado.

En los paí­ses jurí­dicamente organizados es un procedimiento normal y se apoya en la presunción de inocencia de cualquier acusado. El primer paí­s que reguló este derecho básico del acusado fue Inglaterra en 1679.

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa