DELINCUENCIA

[770]

Acción y situación de falta de orden con violación de la ley y de la norma de obligado cumplimiento en una sociedad. Perturba la convivencia y la dignidad de la persona.

El concepto de delincuencia entra en el campo jurí­dico cuando se violan las leyes positivas justamente promulgadas para el bien común y la convivencia ordenada. Se llega al nivel de delito penal, civil o incluso religioso, si se desprecian las leyes. Pero, cuando la violación de la ley (delito) tiene carácter ofensivo y atenta gravemente a los derechos de las personas o de las comunidades, se entra en la esfera del crimen.

Con todo, aun cuando no haya ley violada, la delincuencia perjudica seriamente a las personas, al perturbar sus derechos, o a las comunidades, al impedir su convivencia. La educación contra la delincuencia es condición para entrar en una vida de moral y de fidelidad a la conciencia.

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa