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Revelar a la autoridad un delito, riesgo o situación. Puede ser un deber obligado cuando se trata de corregir a alguien o de evitar un mal a terceros. Pero puede ser una muestra de debilidad y de falta de solidaridad con el delatado, si tal hecho no es mejor que el silencio.
El educador debe ayudar al educando, también en el terreno moral y religioso, a discernir cuándo la delación es un deber meritorio y de caridad y cuándo es una debilidad de carácter.
Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006
Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa