Deber conyugal (gr. éunoia; de éu [«bien (bueno)»] + nóus [«mente»]; por tanto, «buena disposición», «favor», «afecto»). Frase que aparece una vez en la RVR (1Co 7:3); sin embargo, la evidencia textual favorece la lectura «obligación» (gr. ofeile) en lugar del adjetivo «deber», con lo que el pasaje literalmente dice: «El marido dé a la mujer la obligación, asimismo la mujer al marido». El contexto claramente revela que Pablo habla de la actitud apropiada hacia las relaciones sexuales (cÆ’ Exo 21:10).
Fuente: Diccionario Bíblico Evangélico