ADMINISTRACION DE JUSTICIA

tip, LEYE

ver, JUEZ, CASTIGO En último término, toda autoridad para dispensar justicia, para decidir en pleitos, para ordenar castigo y premiar, reside en Dios. Vemos a Dios delegando en los hombres la responsabilidad de reprimir la violencia, que habí­a abocado al mundo del juicio de Dios anteriormente con las aguas del diluvio (Gn. 6:11; 9:5, 6). La administración de justicia presenta muy diversas formas en la Biblia. En la sociedad patriarcal, el padre de familia administraba justicia entre los suyos (Gn. 21:8-14; 38:24); en Egipto habí­a funcionarios reales que eran los encargados de administrar justicia, como delegados del rey, que encarnaba la voluntad de los dioses. A pesar de sus concepciones erróneas acerca de Dios, el poder constituido era y es el establecido por Dios, y responsable ante El, para la administración de justicia, habiendo recibido para ello el poder de lo Alto (cp. Jn. 19:11). Con Israel en el desierto, Moisés, el Mediador del Pacto, es él solo encargado de administrar justicia, situación que se modifica por consejo de Jetro (Ex. 18:13-27), nombrando Moisés a jueces inferiores, que solucionaran en primera instancia los casos menores, reservándose para él los casos de gravedad. Josué heredó esta estructura de Moisés. Se llega con ello al tiempo del libro de los Jueces, cuando Israel cae una y otra vez en idolatrí­a y en el juicio de Dios, haciendo cada uno «lo que bien le parecí­a» (Jue. 21:25). En este estado de cosas Dios suscitaba a jueces (ver JUEZ), como caudillos libertadores que, al volverse Israel a Dios, los acaudillaban y eran también los responsables de administrar justicia. Con Elí­ y Samuel vemos la administración de justicia en manos del sacerdocio. Descontento el pueblo con la acción de los hijos de Samuel (1 S. 8:1-5), la responsabilidad central pasa ahora a la Monarquí­a; bajo Josafat (2 Cr. 19:5-7) se establecieron jueces en todas las ciudades fortificadas de Judá. Al caer Judá, y al retornar los cautivos, la administración de justicia residí­a en la soberaní­a del imperio correspondiente. Bajo el imperio persa, Nehemí­as era gobernador señalado por el rey Artajerjes, juzgando al pueblo en base a la ley de Moisés, con autonomí­a, pero personalmente sometido a la autoridad del rey gentil. En el NT, bajo el imperio romano, la nación judí­a pasó varias etapas. Cuando el juicio de Cristo, los judí­os tení­an autonomí­a para juzgar sus propios asuntos, excepto la imposición de la pena de muerte, que quedaba en manos del procurador romano (Jn. 18:31), aunque en ocasiones se diesen juicios sumarios que resultaban en linchamientos ilegales (Hch. 7:58). En todo pleito y juicio se tení­a que dar amplia oportunidad al acusado a que se defendiera (Dt. 1:16, 17) sin hacer distinción por rango o posición; no podí­a aceptarse acusación de un solo testigo, sino de dos o tres que concordaran por separado (Dt. 17:6; 19:15), siendo duramente castigados los testigos falsos (Dt. 19:18-21). En caso de sentencia de muerte, los testigos eran los primeros en dar acción al cumplimiento de la sentencia, generalmente por lapidación en Israel (ver CASTIGO), y siguiendo en ello el pueblo presente. Los pleitos o juicios tení­an lugar en las puertas de las ciudades, lugar de mercado (Dt. 21:19; Am. 5:19). Lot tuvo la dignidad de juez en Sodoma (Gn. 19:1). Con anticipación a la entrada de Israel en la tierra de Canaán, Moisés dio leyes y reglamentos para el establecimiento de una administración de justicia centralizada en «el lugar que Jehová tu Dios escoja» (Dt. 16:18-13; 19:15-21, etc.).

Fuente: Nuevo Diccionario Bíblico Ilustrado