JURAMENTOS

Heb. šeḇû˓â y ˒ālâ; gr. horkos. ˒ālâ se relaciona con un verbo cuyo significado básico es “pronunciar una maldición condicional”, o una *maldición sobre una persona todavía no identificada (TDOT, pp. 261–266). Un claro ejemplo aparece en 1 S. 14.24, donde el juramento se expresa de la siguiente manera: “Cualquiera que coma pan antes de caer la noche, antes que haya tomado venganza de mis enemigos, sea maldito.” En este caso el juramento servía para reforzar una orden (cf. Gn. 24.41). Podían usarse juramentos similares en los procedimientos jurídicos, cuando no era posible resolver una disputa por los métodos normales (1 R. 8.31; 2 Cr. 6.22), y también formaban parte regular de los tratados y pactos (Gn. 26.28; Ez. 16.59; 17.13–19; Os. 10.4), como se sabe ahora perfectamente por los textos contemporáneos del antiguo Cercano Oriente (p. ej. ANET, pp. 201, 205, 538–541, 659–660; cf. D. R. Hillers, Treaty-Curses and the OT Prophets, 1964). Contrariamente a lo que a menudo se afirma, un juramento de esta clase no era irrevocable (cf. 1 S. 14.45; tamb. Jue. 17.1–2), y debía su poder, no tanto a un poder mágico que se creía inherente a las palabras pronunciadas, como a la respuesta soberana de Dios mismo (1 R. 8.31s; cf. A. C. Thiselton, JTS s.n. 25, 1974, pp. 283–299, esp. 295s). En las otras referencias veterotestamentarias a los juramentos, en las que la voz heb. es šeḇû˓â, no hay ninguna seguridad de que invariablemente comprendiera una maldición de esta naturaleza, aunque podría serlo (Jue. 21.18). En muchos casos “promesa solemne” sería una traducción más adecuada (cf. THAT, 2, pp. 858–859).

Diversos medios (Gn. 24.2; Dt. 32.40) y fórmulas (Gn. 31.50; Nm. 5.22; Jue. 8.19; 2 R. 2.2; Jer. 42.5; Mt. 5.34–36; 23.16) se adoptaban para la toma de juramentos. Frecuentemente no se expresaban las terribles consecuencias de su incumplimiento (2 S. 3.9, pero véase Jer. 29.22).

En las leyes de Moisés se destaca la seriedad de los juramentos (Ex. 20.7; Lv. 19.12). Los israelitas tenían prohibido jurar por dioses falsos (Jer. 12.16; Am. 8.14). Ezequiel da la impresión de que la pena por el perjurio era la muerte (17.16ss), pero según la ley el juramento falso de un testigo, y la negación juramentada con respecto a algo encontrado o recibido (Lv. 5.1–4; 6.1–3), podía expiarse por una ofrenda por el pecado (Lv. 5.5s; 6.4ss).

Cristo enseñó que los juramentos obligan (Mt. 5.33). La conversación diaria del cristiano debe ser tan sagrada como sus juramentos. No debe tener dos patrones de verdad, como tenían algunos judíos cuando introducían una escala móvil de valores con respecto a los juramentos. En el reino de Dios llegará el momento en que los juramentos resultarán innecesarios (Mt. 5.34–37). Cristo mismo aceptó el juramento imprecatorio (Mt. 26.63ss), y Pablo también hizo un juramento (2 Co. 1.23; Gá. 1.20).

La Escritura también da testimonio de que Dios mismo se obligó mediante un juramento (He. 6.13–18). Lo que el Señor se comprometió a hacer fue lo que había prometido al pueblo del pacto: p. ej. sus promesas a los patriarcas (Gn. 50.24), a la dinastía davídica (Sal. 89.19–37, 49), y al Rey-sacerdote mesiánico (Sal. 110.1–4). El garante de todas estas promesas es Jesucristo, en quien encuentran la respuesta final o “amén” (2 Co. 1.19s; cf. Is. 65.16, °bj). En su advenimiento Jesucristo cumplió los antiguos juramentos de Dios a los patriarcas (Lc. 1.68–73; 2.6–14), a David (Hch. 2.30) y al rey-sacerdote veterotestamentario (He. 7.20s, 28).

Bibliografía. H. G. Link, D. Muller, “Juramento”, °DTNT, t(t). II, pp. 397–404; D. Bonhoeffer, El precio de la gracia, 1968, pp. 138ss; C. A. Keller, “Jurar”, °DTMAT, t(t). II, cols. 1075–1083; C. Gancho, “Juramento”, °EBDM, t(t). VI, cols. 796–798.

TWBR, pp. 159s; M. R. Lehmann, ZAW 81, 1969, pp. 74–92; THAT, 2, pp. 855–863.

J.G.S.S.T., G.I.D.

Douglas, J. (2000). Nuevo diccionario Biblico : Primera Edicion. Miami: Sociedades Bíblicas Unidas.

Fuente: Nuevo Diccionario Bíblico