SOBRINO

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Hijo de un hermano, con el cual, en consecuencia, hay relaciones de consanguinidad. La piedad familiar y la misma naturaleza social del hombre reclaman un trato familiar entre tí­os y sobrinos que no llega a la vinculación paternofilial.

Pero es el ví­nculo es lo suficientemente natural para que exista también un deber de protección y de ayuda por parte del tí­o, si es mayor que el mayor que el sobrino y cuenta con cierto género de autoridad; y supone relación de respeto y dependencia moral y pedagógica por parte del sobrino, en la medida que por edad o situación la necesita.

Con todo, esos ví­nculos pueden ser muy variados y de diversa intensidad, según las culturas, las circunstancias, las edades y los ví­nculos contraí­dos en la convivencia.

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa

anepsios (aJneyiov», 431), se emplea en Col 4:10 «sobrino» (RV, RVR; VM, Besson, RVR77, LBA, NVI: «primo»). Para la explicación de esta diferencia de traducción, véase PRIMO.¶

Fuente: Diccionario Vine Nuevo testamento