REDUCCIONES

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Se aplica a cualquier proceso de disminución de obligaciones, de miembros de un grupo o de acciones comprometidas. Por ejemplo, se habla de «reducción de un clérigo al estado laical», cuando se le priva de la dignidad y del ejercicio de la clericatura por una sanción grave que se le impone, ya sea por sentencia o por la simple comisión de delitos graves.

O se habla de reducción del número de misas o de actos de piedad, por no poder cumplir con los que habí­an sido comprometidos.

Se llamaron también «reducciones de indios» a los agrupamientos de indí­genas en poblados protegidos en América. Se trataba de librarlos de la explotación de los colonizadores, que los esclavizaban de forma inmisericorde. Fueron famosas las reducciones jesuí­ticas del Paraguay, pero se dieron en diversas regiones otras alentadas por franciscanos, dominicos y otras Ordenes, desde que fueron autorizadas ya en 1531 por la Audiencia de Nueva España.

Resultó una forma interesante de cristianización y de trabajo comunal, que evitaba las pendencias mortales habituales en algunas razas más belicosas y sobre todo la explotación salvaje de colonizadores, pues chocaban con la protección organizada de los religiosos que las promoví­an.

Un cura doctrinero se encargaba de la instrucción. Se respetaban sus tierras, al ser propiedad comunal de cada poblado. Se construí­a una iglesia. Se organizaban en un «corregimiento» o diversas comunidades sometidas a una autoridad, incluso judicial, con un «corregidor» al frente.

Tan hermosa obra quedó destruida por parte de los adversarios de la Compañí­a, al ser proscrita de España y de sus colonias por Carlos III en 1767. Quedaron indefensos los indí­genas «reducidos» y pronto fueron desapareciendo como poblados organizados.

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa