RECUSACION

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Figura jurí­dica por la cual, al amparo de las leyes o de los usos y tradiciones, se rechaza a una persona para una labor judicial o de alcance legal: juez, fiscal, testigo, etc.

La recusación está legislada en todos los paí­ses y es una medida necesaria para asegurar la objetividad de la justicia y garantizar la imparcialidad de los procesos y sentencias. Sin embargo no puede ser caprichosa, por lo que no siempre que es formulada es aceptada por las instancias superiores antes las que se recurre para rehusar a la persona o a la circunstancia a que se alude.

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa