IGNOMINIA

v. Vergüenza
Psa 109:29 sean vestidos de i los que me calumnian
Jer 13:26 descubriré .. se manifestará tu i


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Afrenta, ofensa o vergüenza pública o susceptible de hacer tal, que alguien recibe y por la que se siente ofendido. Repercute en su honor, sea por causa real, que debe quedar reservada por la naturaleza de la cosa, o es promovida con falsedad por calumnia y ofensa.

Nadie tiene derecho a quitar la fama y a herir la dignidad del prójimo, por malvado que sea. Sólo en caso de tener que evitar un mal mayor, como prevenir un abuso o deshacer un engaño, se podrí­a desenmascarar la fama injusta que es instrumento perjudicial para terceros.

Pero sin motivo suficiente, nunca un cristiano está autorizado a realizar una acción ignominiosa y ofensiva. Sólo la autoridad competente, y en cumplimiento de leyes justas y en forma adecuada, puede «difamar» o «degradar» a una persona como sanción de un delito o como prevención de un atropello.

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa