DEBITO

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Suele darse en moral este nombre a la obligación que tienen los casados que practicar las acciones sexuales (en sentido estricto la copulación y en sentido amplio la expresiones emotivas concomitantes) propias del matrimonio.

Se expresa así­ la idea de San Pablo de que la mujer debe dar «el débito» (lo debido, lo obligado) al marido y el marido debe darlo a la mujer» (1 Cor. 7. 3) (Ver Matrimonio 1)

Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogí­a Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006

Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa