Significado de Extranjero
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Alguien que es un extraño o un forastero.* Se debería notar que parece haber
una distinción entre los vocablos hebreos y griegos que se verán a
continuación. Una clasificación amplia nos diría que: o (1) designa a alguien
de cualquier raza que está viviendo como un extraño a cierta distancia de su
tierra natal (tal parece ser el caso en 1 P. 1:1, donde el vocablo gr.
parepídmos se referiría tanto a judíos como a gentiles* residiendo en el
extranjero o fuera de Palestina); o (2) se refiere a los «gentiles», en cuyo
caso se trata de un miembro de cualquier raza que no sea la judía, no
importando el lugar.
En el AT los vocablos hebreos se refieren a diversos extraños: 1. Nokrî,
«extraño», «extranjero», «forastero» (Dt. 15:3; 23:20; 1 R. 8:41; Neh. 13:26;
Pr. 20:16; Abd. 11). Nokrî no necesariamente designa a un no judío, sino
simplemente a una persona o un objeto que es distintivamente extraño a la
localidad. Era el extranjero de paso en Israel, sin obligaciones legales ni
religiosas, y sin otros derechos que los de la hospitalidad y del sentido de la
convivencia. Sin embargo, cuando lo usaban los hebreos por lo general se
refería primariamente a los no hebreos, ya sea a quienes permanecieron en
Canaán después de la conquista israelita a los que luego se establecieron allí.
Rut la moabita se designa a sí misma con este término (Rt. 2:10); a Itai el
geteo, un filisteo, se lo califica con el mismo vocablo (2 S. 15:19); y las
esposas extranjeras de Salomón son descriptas con igual palabra (1 R. 11:1).
2. Ben nêkâr, literalmente «hijo de un país extranjero». Se lo usa
frecuentemente como un sinónimo de nokrî (Gn. 17:12; Ex. 12:43; Is. 56:3, 6;
etc.). 3. Zâr, «extraño», «ilegal», «extranjero» (Ez. 7:21; 11:9; 28:10;
etc.). Esta palabra aparece a menudo como equivalente de nokrî, pero contiene
la implicación adicional de que la persona así designada es una «intrusa» (Lv.
22:10) que no debe esperar participar de los privilegios de la comunidad o
clase; tiene una connotación de hostilidad. 4. Tôshâb, «morador o residente
temporal», «transeúnte», «residente» (Ex. 12:45). Aunque la palabra se refiere
al estado más o menos arraigado del individuo involucrado, implica que el hogar
original de la persona era otro (Gn. 23:4; Lv. 25:35, 40, 47; etc.). 5. Gêr,
alguien que junto con el tôshâb podía ser recibido en la comunidad israelita y
gozar de muchos de sus privilegios (Dt. 10:18; Lv. 19:33; etc.). Era alguien
que vivía en tierra israelita, donde había fijado su residencia; estaba
religiosamente incorporado.
En el NT, la palabra «extranjero» es expresión de los siguientes vocablos
griegos: 1. Pároikos (Ef. 2:19; 1 P. 2:11; cf su uso en Hch. 7:6, 29). El
término no sólo se refiere a quienes eran extraños dentro de una comunidad 431
dada, también implica (como tôshâb) que mantenían una residencia más o menos
permanente en el lugar. Tales individuos, como originarios de una ciudad
remota, no podían pretender tener todos los derechos y privilegios que le
pertenecían naturalmente a los ciudadanos locales; pero podían vivir y
administrar los negocios con la venia de la población local. 2. Alloguenes
(Lc. 17:18). 3. Bárbaros, «no griego», «extranjero», «alguien que habla lengua
extraña» (1 Co. 14:11). 4. Héteros, «otro», «diferente», «(un) extraño»; de
aquí «extranjero» (1 Co. 14:21). 5. Xénos, «forastero» (Hch. 17:21). En Ef.
2:12,19 los extranjeros son los no judíos.
Diccionario Enciclopédico de Biblia y Teología: EXTRANJERO
EXTRANJERO según la Biblia: Toda persona que, no siendo israelita, perteneciera «a las naciones» (gentil, que proviene del latín «gentilis», de «gens», nación), estando sometida a otras autoridades y a otra religión que la de Israel.
Toda persona que, no siendo israelita, perteneciera «a las naciones» (gentil, que proviene del latín «gentilis», de «gens», nación), estando sometida a otras autoridades y a otra religión que la de Israel.
Reciben de una manera el nombre de extranjeros, p. ej., las siguientes naciones: los madianitas y los egipcios (Éx. 2:22), los jebuseos (Jue. 19:12), los filisteos (2 S. 15:19), los moabitas, amonitas, sidonios, heteos (1 R. 11:1).
No quedaban contados entre los extranjeros: (a) los esclavos comprados por dinero, ni los prisioneros de guerra; éstos estaban en poder de sus dueños, y sometidos a las leyes israelitas (Gn. 17:12; Éx. 21:20-21);
(b) los prosélitos, esto es, los extranjeros que hubieran adoptado la religión de los israelitas (Gn. 34:14-17; Is. 56:6-8; Hch. 2:10).
La Ley de Moisés y el AT distinguen entre los extranjeros establecidos en medio de los israelitas, pero sin ser de su raza, y los visitantes temporales, no israelitas (Éx. 20:10; Lv. 16:29; 17:8; 2 S. 1:13; Ez. 14:7).
El extranjero, considerado casi como ciudadano, tenía sus derechos y deberes bien definidos. Dios ordenó a los israelitas que el extranjero fuera tratado con benevolencia (Lv. 19:33, 34; Dt. 10:18, 19).
La Ley salvaguardaba sus intereses (Éx. 22:21; 23:9; Dt. 24:19, 20). Las prohibiciones impuestas a los israelitas afectaban también al extranjero (Éx. 12:19; 20:10; Lv. 16:29; 17:10; 18:26; 20:2; 24:16).
Con respecto a Lv. 17:15, esta ordenanza fue posteriormente modificada por Dt. 14:21. El extranjero no estaba obligado a la totalidad de los deberes religiosos que concernían a los israelitas.
Si se trataba de un hombre libre, podía abstenerse de la circuncisión y de la Pascua (Éx. 12:43-46). La ley exhortaba a Israel a invitar al extranjero a las comidas solemnes de los sacrificios (Dt. 16:11, 14).
Tenía derecho a ofrecer sacrificios a Jehová; si caía en un pecado involuntario, se beneficiaba del perdón concedido al individuo o a la colectividad; las ciudades de refugio le protegían contra el vengador de la sangre (Lc. 17:8; Nm. 15:14, 26, 29; 35:15).
Cuando quedaba contaminado, tenía que someterse a los ritos de la purificación (Lv. 17:15; Nm. 19:10). Si el extranjero y los varones de su casa estaban circuncidados, podían participar de la Pascua (Éx. 12:48, 49).
Pero el año del Jubileo no traía la libertad al extranjero que había caído en la esclavitud. Podía ser vendido y llegar a ser, por herencia, propiedad de los hijos de su dueño (Lv. 25:45, 46).
El extranjero no asimilado se encontraba con algunas prescripciones negativas, porque Israel debía seguir siendo el pueblo santo, separado para Dios (Dt. 14:2).
Los matrimonios mixtos estaban prohibidos (Éx. 34:16; Dt. 7:3; Jos. 23:12). No se podía permitir que ningún extranjero subiera al trono (Dt. 17:15), ni que entrara en el santuario (Ez. 44:9; Hch. 21:28; cp. Dt. 23:3, 7-8).
En una época posterior, los judíos de observancia estricta ni comían ni bebían con gentiles (Hch. 11:3; Gá. 2:12). Estos últimos, sin embargo, podían, en todo momento, acceder al judaísmo (Gn. 17:27; 34:14-17; Mt. 23:15).
Israel esperaba el día en que serían integrados al reino. (Véase PROSÉLITO.) Los amonitas y moabitas estaban sometidos a una cláusula especial: no podían venir a formar parte de la comunidad israelita ni siquiera si se circuncidaban (Dt. 23:3).
Pero el hijo de un israelita y de una moabita era admitido (cp. Isaí, Roboam). Cuando los israelitas se apoderaron de Canaán, les fue totalmente prohibido aliarse mediante matrimonio con sus habitantes idólatras (Dt. 7:3).
La mayor parte de los cananeos que sobrevivieron a la conquista se hicieron prosélitos. Bajo Salomón, el reino contaba con 153.600 extranjeros (2 Cr. 2:17).
En el NT, el término extranjero no tiene el sentido preciso que exhibe en el AT; puede referirse a: un desconocido (Jn. 10:5), un viajero (Lc. 17:16, 18), un visitante (Lc. 24:18), un judío perteneciente a la Diáspora (Hch. 2:10; 1 P. 1:1).
Tanto los santos del AT como los del NT eran y son extranjeros sobre la tierra. David dijo:
«Forastero soy para ti, y advenedizo, como todos mis padres» (Sal. 39:12). Confesaban «que eran extranjeros y peregrinos sobre la tierra» (He. 11:13).
Lo mismo es cierto de los santos en el día de hoy (1 P. 2:11). Su ciudadanía se halla en el cielo, y esta tierra ya no es su hogar ni su reposo (Fil. 3:20).