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Las almas de los justos que en el instante de la muerte están manchadas por pecados veniales o que no han purificado del todo las penas debidas por los pecados mortales ya perdonados, deben purificarse antes de entrar en el cielo.
Lo pueden hacer en esta vida con penitencias, oraciones, limosnas y obras buenas. O lo deben hacer en la otra vida, en un estado que se suele denominar Purgatorio.
El Purgatorio es, pues, un lugar, estado o situación donde se sufre temporalmente castigos expiatorios.
1. Concepto y naturaleza
La realidad del Purgatorio la negaron los cátaros, los valdenses, los reformadores luteranos y la rechaza desde antiguo la Iglesia griega cismática.
Como los cismáticos griegos no aceptaron nunca, desde la separación, la doctrina del Purgatorio, los Concilios unionistas de Lyon y Florencia hicieron esta declaración: «Las almas que partieron de este mundo en caridad con Dios, con verdadero arrepentimiento de sus pecados, antes de haber satisfecho con verdaderos frutos de penitencia por sus pecados de obra y omisión, son purificadas después de la muerte con las penas del purgatorio.» (Denz. 464 y 693)
Los reformadores protestantes siguieron la doctrina de Lutero, que consideraba como contraria a las Escrituras la doctrina del Purgatorio. La juzgaba incompatible con su teoría de la justificación, pues Cristo, al salvar y justificar, no podía dejar absolutamente ninguna mancha en el pecador justificado.
El Purgatorio ponía en duda esa totalidad en la justificación y por eso la rechazaba. No negaba la conveniencia de sufragios por los difuntos; pero los miraba como consuelo de los vivos más que como ayuda a los muertos.
Cuando se consolidó la doctrina luterana, los reformados rechazaron también la necesidad de obras buenas para merecer la purificación. Decir que Cristo no limpió toda mancha es irreverente.
Esa actitud movió a declarar al Concilio de Trento: «Si alguno dice que, una vez perdonado el pecado, nunca más queda consecuencia de pena que deba pagar en este mundo o en el otro, en el Purgatorio, sino que ya no necesita nada para entrar en el Reino de los cielos, sea anatema.» (Denz. 840)
Las declaraciones conciliares confirmaban la común doctrina tradicional de la Iglesia, la cual insiste en que incluso los que mueren sin pecado mortal tienen necesidad de purificación. Así quedan en perfecta y total pureza, la cual hará posible la entrada en el Cielo.
2. Escritura y Purgatorio
La Sagrada Escritura no formula ninguna afirmación explícita que indique la existencia del Purgatorio. Pero refleja indirectamente la idea de que tiene que existir un lugar o estado semejante, por el hecho de alabar que se hagan plegarias y sufragios por los difuntos.
En diversos lugares del Antiguo Testamento ya se relata esa práctica y se habla de su necesidad. En el libro de los Macabeos se relata que los judíos oraron por los caídos en la batalla, pues en sus cuerpos se habían encontrado objetos consagrados a los ídolos de Jamnia. Se pidió al Señor que les perdonara sus pecados; para ello enviaron dos mil dracmas de plata a Jerusalén, a fin de que se hicieran sacrificios por aquel pecado. Pensaban que a «los que han muerto piadosamente les está reservada una magnífica recompensa. Es santo y piadoso pensamiento. Por eso hizo que se ofrecieran sacrificios expiatorios por los muertos, para que fueran absueltos de sus pecados. (2. Mac. 12. 46)
En el Nuevo Testamento se multiplican ya las alusiones a las ayudas espirituales que se pueden prestar a los difuntos. Jesús mismo habla de algún perdón luego de la muerte: «Quien hable contra el Espíritu Santo no será perdonado ni en este siglo ni en el venidero.» (Mt. 12. 32). San Gregorio Magno explica este pasaje evangélico: «En esta frase se nos da a entender que algunas culpas se pueden perdonar en este mundo y algunas también en el futuro.» (Dial. IV. 39)
La frase de Jesús: «En verdad te digo que no saldrás de aquella cárcel hasta que pagues el último ochavo.» (Mt. 5. 26), también se interpretó tradicionalmente como una alusión a la necesidad de la purificación total para llegar a la salvación.
Es San Pablo el que más hace alusión a los sufragios por los difuntos. Expresa la idea de que algunos se salvarán ciertamente, «pero como pasando por el fuego.» (1 Cor. 3. 10). Es decir, que habrá quien se salve plena y directamente al morir y habrá quien precisará un tránsito más indirecto a la salvación.
Se deduce que quien muere con imperfecciones, con pecados veniales o penas temporales, debe purificarse de ello después de morir.
3. La Tradición eclesial
Los Padres latinos, tomando la palabra evangélica demasiado literalmente, interpretan el fuego como un fuego físico, similar pero no igual al del infierno. Está destinado a abrasar después de la muerte los pecados veniales que no han sido expiados. Es la enseñanza de San Agustín (Enarr. in Salm. 37. 3), de San Cesáreo de Arlés (Serm. 179) y de San Gregorio Magno. (Dial. IV 39).
San Cipriano enseña explícitamente que, si uno muere sin satisfacer todas sus deudas, debe hacerlo después de la muerte. Sólo los mártires logran una satisfacción total por el mismo hecho de su muerte por la fe. «Es distinto sufrir prolongados dolores por los pecados y ser limpiado y purificado por fuego incesante, que expiarlo todo de una vez por el martirio.» (Epist. 55, 20).
San Agustín también indica que es preferible pagar las deudas con penas y que conviene aceptar los sufrimientos que vienen como penitencia y expiación en este mundo. Y, si no se hace penitencia aquí, hay que aceptarla después de la muerte para la purificación: «Unos solamente sufren las penas temporales en esta vida; otros sólo después de la muerte; y otros, en fin, en esta vida y después de la muerte. Pero todos tendrán que padecerlas antes de aquel severísimo y último juicio.» (De Civ. Dei XXI. 13). En otros lugares habla este santo del «fuego corrector.» (Enarr. in Salm. 37. 3; y en Enchir. 69)
Los sufragios sólo sirven a los que han renacido en Cristo pero que no han vivido de total santidad. Durante un tiempo han de purificarse de las deudas que dejaron en este mundo. (De Civ. Dei XXI 24. 2).
San Juan Crisóstomo decía: «Llevemos a los difuntos socorros y hagamos conmemoración de ellos. Si los hijos de Job fueron purificados por el sacrificio de su padre, ¿por qué hemos de dudar que nuestras ofrendas por los muertos les llevan el consuelo en sus sufrimientos purificadores?» (Hom. Cor. 1. 45. 5)
4. Enseñanza de la Iglesia
El argumento esencial en favor de la existencia del Purgatorio se halla en el testimonio de la Iglesia a lo largo de los siglos, más que en la interpretación rigurosa de los textos bíblicos.
Los escritores de la Iglesia de Occidente fueron más explícitos y claros sobreesta creencia que los de Oriente. Resaltaron más el carácter de perdón misericordioso de Dios, que el aspecto de sufrimiento de los difuntos.
Siguiendo sus enseñanzas, podemos decir que la existencia del Purgatorio se prueba por la santidad y justicia de Dios. La santidad de Dios reclama la pureza total antes de admitir junto a sí a las almas que se han salvado. (Apoc. 21. 27). Y la justicia exige que se dé satisfacción por algún delito, error o incumplimiento. Lo reclama la justicia divina en sí misma; y lo demanda la «justicia comparativa», al mirar las acciones de unos en relación a otros que han cometido faltas y han pagado por ellas su tributo de reparación en esta vida.
Justicia y misericordia se armonizan en la doctrina del Purgatorio.
4. 1. Purgatorio e Infierno
Es frecuente entender el Purgatorio como un lugar de tormentos al estilo del Infierno, con el cuál sólo se diferencia por la duración. Nada más erróneo que esta asimilación. El Purgatorio es infinitamente diferente del Infierno. En el primero se ama a Dios y en el otro se odia. En el uno se produce purificación y en el otro inmutablemente se mantiene el pecado. Entre ambos hay tanta diferencia como la hay entre la esperanza y la desesperación.
En el Purgatorio se habla, por analogía al Infierno, de la doble pena de daño y de sentido. Pero es sólo una analogía, bastante imperfecta. Evidentemente es muy distinto sufrir con esperanza y saber que pronto comienza la felicidad de ver a Dios, a quien se ama, y sufrir con despecho eterno la perdida irremediable de Dios a quien no se ama, porque no se amó en la vida y el tiempo del cambio se ha terminado.
La pena de daño consiste en la demora de la visión beatifica de Dios, no en la imposibilidad de alcanzarla. El alma sabe que verá a Dios y la dulzura de la esperanza alivia la pena de la demora. El juicio divino al morir ha hecho conocer al alma, no sólo la naturaleza de la pena, sino su misma conveniencia. Ama a Dios, que ha sido tan misericordioso y justo que la ofrece la oportunidad de purificarse.
La pena de daño se halla en el sufrimiento natural del fuego, si es que se puede hablar de fuego, y de fuego físico, si es que se puede hablar de físico.
Esta reticencia o duda a hablar de forma analógicamente al infierno es evidente. Trascendido el tiempo y el espacio, resulta incomprensible el cómo puede darse esta situación. Por eso es prudente la máxima moderación al hablar en la Catequesis y en la predicación del Purgatorio, pues casi lo único de que se puede tener certeza es de la existencia y sólo de ella.
Las almas del Purgatorio tienen conciencia de la filiación y de la amistad de Dios y anhelan unirse con El de forma definitiva y eterna. Su sufrimiento es amor y amor para toda la eternidad.
La misma pena de sentido resulta inexplicable, tratándose de almas puras y espirituales. Los comentarios tradicionales de los teólogos se ha apoyan en la idea de S. Pablo que habla de «los que se salvan, pasando por el fuego.» (1 Cor. 3. 15) y se asocia esa expresión al sufrimiento material.
La enseñanza oficial de la Iglesia se ha centrado en la afirmación de la «purificación misericordiosa de Dios» y apenas si podremos decir más cosas a la luz de la Tradición y del Magisterio.
4.2. Rasgos del Purgatorio
Con todo lo dicho, podemos sacar la conclusión de que el Purgatorio es «tiempo provisional», es «purificación individual» y es «plataforma eclesial.»
4.2.1. Temporal
La duración del Purgatorio es, o tiene que ser, variada, según sea la necesidad de purificación de cada difunto. Pero en conjunto es una realidad provisional destinada a su desaparición. Cuando se purifique el último de los salvados, desaparecerá para siempre.
Después de la sentencia final, nos dice el texto evangélico de la Parábola del Juicio final, no hay más que dos situaciones: «venid» al Reino o «marchad» al fuego eterno, benditos y malditos. (Mt. 25. 41).
San Agustín afirma: «Se ha de pensar que no existen penas purificativas, sino antes de aquel último y tremendo juicio.» (De civ. Dei XXI 16)
4.2.2. Diferencial
La pena purificadora será personal e intransferible, adaptada y asumible, inconfundible para cada persona, pero abierta a la intercesión eclesial. Son los rasgos del proceso de purificación.
Aunque también es verdad que, en este terreno, existe una innegable y original posibilidad de «satisfacción vicaria». En virtud del dogma del «Cuerpo Místico» y de la «Comunión de los Santos», sabemos que podemos ofrecer por los difuntos plegarias y obras buenas y que les sirven a ellos de reparación y satisfacción de sus pecados y de sus deudas.
Por eso en la Iglesia fue tradicional desde los primeros tiempos ofrecer sacrificios expiatorios por los difuntos y se alabó desde siempre tal práctica.
La piedad con los amigos y conocidos lleva a ofrecer plegarias, sacrificios y limosnas para ayudarles en le reparación. Es muy importante en vida relacionarse con amigos que «saben» rezar y hacer limosnas por los amigos difuntos. Es preferible a tener «olvidadizos» familiares y amigos.
También fue ese el motivo de que se estableciera en Occidente la fiesta de los fieles difuntos (2 de Noviembre). Tuvo por fin el que la Iglesia, y con ella todos sus miembros, ofreciera sacrificios y sufragios por los difuntos de los cuales nadie se acuerda, cumpliendo así con un deber de piedad, solidaridad y fraternidad universales.
Si en el Purgatorio no hubiera esa posibilidad de intercesión, no tendrían sentido los sufragios y resultarían, como quería Lutero, más para consuelo de los vivos que para beneficio de los difuntos.
4.3.3. Intereclesial
Es interesante también recordar que la Iglesia ha tenido siempre gran respeto a la devoción a las almas del Purgatorio y que las ha valorado, no sólo como destinatarias de sus sufragios, sino como protagonistas de sus intercesiones para beneficio de los terrenos.
Los dolores y penas de estas almas resultan de gran provecho para sí; pero sirven como motivo de intercesión ante Dios en favor de los que han quedado en la tierra. Dios ha querido que se pueda poner su vida y sus méritos como motivo de ayuda a los vivos.
Por eso no deben ser miradas como «miembros pasivos del Cuerpo Místico», estando como están unidas ya para siempre a la Vid mística, que es Cristo. Son activas en su tarea eclesial y contribuyen al bien de toda la Iglesia.
5. Objeto de la purificación
En la vida futura, la remisión de los pecados veniales todavía no perdonados se efectúa, según doctrina de Santo Tomás (De male 7. II) de forma similar a lo que acontece en esta vida: por el arrepentimiento y la contrición perfecta, actitudes profundas del alma que sólo son posibles con ayuda de la gracia.
El arrepentimiento, que se origina al entrar en el Purgatorio, no suprime o aminora la pena de vida, pues el tiempo se ha terminado y no hay posibilidad de merecer ya perdón. Pero, el amor divino que domina en esas almas, hace posible el que unas sus sufrimientos a los de Cristo, «Unico y divino redentor» y participen sus misteriosos dolores de los méritos de la Cruz.
Al igual que acontece con los sufrimientos de la tierra, que sólo tienen mérito sobrenatural si están unidos a Jesús, así pasa con los miembros del Purgatorio. Es la unión del Cuerpo Místico, cuya cabeza es Cristo, la que hace purificadora su estancia allí, habiendo pasado ya el tiempo de la vida.
Se puede aplicar el principio del Cuerpo Místico a su situación: «Quien está unido conmigo produce mucho fruto; y quien no recoge conmigo desparrama.» (Jn. 15.5)
Por eso, algunos escritores antiguos llamaron a ese sufrimiento «satispasión», explicando que las penas temporales debidas por los pecados son sufrimientos expiatorios. La voluntariedad, que las hace meritorias, radica en la elección de Dios como objeto que hicieron en vida, aunque murieran con imperfecciones y manchas que era preciso borrar.
6. Catequesis y Purgatorio
El Purgatorio debe ser objeto de una catequesis adecuada, en atención a la tradición de la Iglesia y a las referencias bíblicas aludidas.
1. No conviene exagerar, al menos con catequizandos de no elevada formación, las alternativas teológicas y los problemas exegéticos que se pueden deducir de su naturaleza y de sus rasgos.
Lo con que resulta más conveniente es asumir la tradicional visión eclesial de que hay difuntos que reclaman nuestras solidaridad y nuestros sufragios. En la medida en que esos difuntos sean nuestros conocidos, amigos y familiares, es preciso recordar el deber de piedad y la necesidad de entrar en juego en esos deberes solidarios de expiación.
2. Hay que destacar la necesidad de nuestra propia expiación y la conveniencia de hacer buenas obras por nuestro pecado, aunque estén olvidados en cuanto a la culpa, si han sido perdonados ya.
Si no hacemos penitencia en esta vida, la habremos de hacer en la otra. Por eso el Purgatorio debe asociarse mucho con la vida de oración y de penitencia que, sobre todo en determinados tiempos litúrgicos (Cuaresma y Adviento), se debe proclamar en Catequesis.
3. Una especial consigna catequística es aprovechar los momentos frágiles de la vida, para recordar la pureza que se requiere para entrar en el cielo. Los silencios ante los difuntos deben ser superados por las plegarias, las limosnas y los sacrificios personales en sufragio suyo. Esto conduce a dar el verdadero sentido de la muerte cristiana.
Pedro Chico González, Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa, Editorial Bruño, Lima, Perú 2006
Fuente: Diccionario de Catequesis y Pedagogía Religiosa
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Son varias las religiones que sienten que la vida terrena de una persona no basta para conseguir la perfección definitiva. En Oriente la doctrina de la reencarnación es expresión de la idea de que hay otra oportunidad. Para el islam hay un estado intermedio, barzakh, en el que el bienaventurado puede gustar un anticipo de la gloria que le espera, y el malvado ve los tormentos que habrá de soportar. Se prevén también castigos para los que no responden correctamente a las preguntas de los ángeles Munkar y Nakir. Pero sólo unos pocos, como el místico Al Ghazáli (+ 1111), sostienen la posibilidad del arrepentimiento después de la muerte.
En las Escrituras no hay una enseñanza clara sobre el purgatorio. Pero la tradición, especialmente en Occidente, desarrolló una teología del purgatorio basada en una serie de textos: 2Mac 12,39-46 (el sacrificio que ofrece Judas Macabeo por los soldados caídos cuando llevaban encima objetos idolátricos); ICor 3,11-15 (la salvación «por medio del fuego» de los que han edificado inadecuadamente sobre el fundamento de Cristo); 1Cor 15,29 (el enigmático «bautismo por los muertos»); 2Tim 1,16-18 (oración por Onesíforo, que parece estar muerto); Lc 12,48 (castigo más ligero para algunos); Mt 5,26 (salida sólo tras pagar el último céntimo).
Aunque J. Le Goff parece estar en lo cierto al indicar que la primera vez que aparece la palabra «purgatorio» indicando un lugar es en Pedro Comestor (o Pedro Manducator —iporque devoraba los libros!—) entre 1170 y 1180, lo cierto es que la idea del purgatorio después de la muerte es mucho más antigua. Son muchos los textos de los padres de la Iglesia que dan testimonio de la oración por los muertos. Junto a ella encontramos la idea de un fuego, de unos castigos o de un lugar de purgación (ignis purgatorius, poenae purgatoriae, loca purgatoria). Aunque ya en Clemente de Alejandría (ca. 150-ca. 215) y Orígenes (ca. 185-ca. 254) hay algunas referencias a un perdón más pleno y/o un castigo después de la muerte, hasta Agustín de Hipona no encontramos una clara expresión de lo que más tarde, a través del desarrollo del dogma, culminará en las definiciones conciliares: después de la muerte hay purificación de los pecados menores; de acuerdo con lo que «han transmitido los padres de la Iglesia y ha mantenido la costumbre de la Iglesia universal», las almas reciben ayuda del sacrificio salvífico y de las buenas obras de los fieles; en la anaphora se hace mención de los muertos.
Después de él, varios autores, especialmente Gregorio Magno, y la liturgia desarrollaron la idea de la purgación después de la muerte, admitiendo la posibilidad de que las oraciones de los vivos tuvieran valor para los difuntos. Al menos desde el siglo VIII hay una conmemoración de los muertos en el canon romano, aunque quizá no se hiciera en todas las misas (particularmente los domingos) ni en todos los lugares. Encontramos también una conmemoración de los muertos en varias liturgias antiguasde Oriente y Occidente. Los restos arqueológicos de los primeros siglos dan testimonio también de la convicción de que las oraciones de los vivos podían ayudar de algún modo a los difuntos.
La primera enseñanza conciliar al respecto se encuentra en el concilio de >Lyon II: las almas de los que han muerto en caridad «antes de haber satisfecho sus pecados de comisión y omisión por medio de frutos adecuados de arrepentimiento… son lavados después de la muerte por medio de penas purgatorias y purificadoras (poenis purgatoriis seu cartharteriis)… Para aliviar tales penas pueden ser útiles los actos de intercesión (suffragia) de los vivos, especialmente el sacrificio de la misa, las oraciones, las limosnas y las demás obras de piedad». Más tarde el concilio de >Florencia hará afirmaciones similares, en el contexto también del rechazo del purgatorio por parte de los griegos. Dado que los ortodoxos siguen rechazando generalmente la doctrina occidental sobre el purgatorio, no está claro cuál es el sentido que dan a la conmemoración de los muertos en la liturgia.
Trento confirma la doctrina del purgatorio frente a su rechazo por parte de los protestantes, pero alertando al mismo tiempo contra las exageraciones y las supersticiones. El Vaticano II no usa la palabra «purgatorio», pero dice: «Otros, ya difuntos, se purifican» (LG 49, 51) y apoya la oración por los difuntos (LG 50). Las plegarias eucarísticas posconciliares incluyen la conmemoración de los difuntos. La Congregación para la doctrina de la fe afirma en una instrucción publicada en 1979: «(La Iglesia) cree en la posibilidad de una purificación de los elegidos antes de que estos vean a Dios, purificación que es enteramente distinta del castigo de los que han sido condenados»
La única doctrina definida acerca del purgatorio es la existencia de un estado de purificación y la eficacia de la oración por los difuntos. La especulación teológica gira en torno a varias cuestiones: la duración del purgatorio, la naturaleza de la purificación, el estado de los que están purificándose. Santo Tomás representa la discusión medieval sobre estos temas, aunque no contamos con ningún texto amplio sobre ellos de su época de madurez: enseña el valor de la oración por los difuntos; compara el dolor del purgatorio con el del infierno, con la diferencia de que aquel es sólo por un tiempo limitado; los dolores del purgatorio varían según el estado de los que se purifican; el objeto del purgatorio es el pecado venial y los restos de pena que pueden persistir una vez que el pecado ha sido perdonado; los que se están purificando pueden recibir ayuda de las indulgencias. Dante colocaría pronto el purgatorio en un lugar destacado de la conciencia cristiana a través de la Divina comedia, que ejerció un gran influjo incluso sobre muchos que nunca la habían leído.
En la época postridentina hubo mucha especulación sobre el purgatorio y se produjo un aumento en las devociones correspondientes: se multiplicaron las oraciones por «las benditas ánimas del purgatorio»; se buscaba su intercesión; el agustino san Nicolás de Tolentino (1652-1737) fue reconocido como el patrón de las ánimas del purgatorio.
La reflexión moderna sobre el purgatorio trata de purificar la doctrina de todos los elementos imaginativos y fantásticos, al igual que las visiones infundadas y las pseudorevelaciones. Al mismo tiempo hay una conciencia cada vez mayor del valor de las visiones de los místicos. Reflejando su propia experiencia de oscuridad en la busqueda de Dios, consideran el purgatorio desde la perspectiva del amor, por ejemplo santa Catalina de Génova y santa Teresa de Lisieux. El purgatorio, más que un castigo, se considera consecuencia de un amor purificante y sanador. La doctrina del purgatorio tiene sentido incluso desde un punto de vista racional: ¡Las personas tendrían necesidad de purificarse de la envidia antes de poder gozar plenamente del cielo! La plena purificación puede producirse por medio de una vida santa, o en virtud de una enfermedad terminal, pero para otros sería fruto de un amor salutífero después de la muerte. El purgatorio se entiende mejor dentro del contexto más amplio de la doctrina de la >comunión de los santos. La Iglesia militante de la tierra y la Iglesia triunfante del cielo se unen en el amor y la compasión por la Iglesia que sufre en el purgatorio. El purgatorio ha de verse también a la luz de la nueva manera de entender las >indulgencias.
Christopher O´Donell – Salvador Pié-Ninot, Diccionario de Eclesiología, San Pablo, Madrid 1987
Fuente: Diccionario de Eclesiología
Después de la muerte y antes de llegar a la visión de Dios, el hombre debe estar «purificado» de todo cuanto no haya sido caridad. A la visión de Dios nadie puede llegar sin la santidad requerida. Esta eventual «purificación» postemporal, que es más bien un estado de purificación y que se simboliza por «fuego» purificador, pertenece a la fe, la cual se apoya en los textos neotestamentarios (1Cor 3,15; 1Pe 1,7) y ha sido ratificada por los concilios de Lyon II, Florencia y Trento. La purificación tiene carácter penal-expiatorio y puede ser ayudada por nuestro sufragios. Por ser estado de vida en el más allá, no pueden aplicarse a él nuestras categorías de espacio y de tiempo.
Esta verdad se enmarca en la tradición primitiva de la Iglesia (s. I-III) sobre la oración por los difuntos (como aparece en las inscripciones funerarios y en las actas de los mártires). Esta tradición se apoya también en el Antiguo Testamento, donde se pide perdón por los que ya murieron en el Señor (cfr. 2Mac 12,46). «Desde los primeros tiempos, la Iglesia ha honrado la memoria de los difuntos y ha ofrecido sufragios en su favor, en particular el sacrificio eucarístico, para que, una vez purificados, puedan llegar a la visión beatífica de Dios» (CEC 1032).
Las oraciones de los fieles por los difuntos se unen las limosnas como actos de caridad, a las indulgencias como comunicación de bienes (en la comunión de los santos) y a obras de penitencia como reparación de los pecados. Es la «solidaridad vital con nuestros hermanos… que aún están purificándose después de la muerte» (LG 51).
Cada uno de los creyentes es la Iglesia esposa, llamada a la santidad y al apostolado antes de llegar a las bodas definitivas. No se podría llegar al encuentro definitivo con Cristo (a las «bodas»), si la esposa no estuviera todo ella «vestida de sol» como María (Apoc 12,1), y, por tanto, no fuera signo claro de Cristo Esposo e instrumento suyo. Porque a esas bodas está llamada toda la humanidad, a la que la Iglesia sirve como «sacramento universal de salvación». Se puede considerar el «purgatorio» como una dimensión del juicio particular, en el que se realiza el encuentro con Cristo, a quien se quiere amar del todo, pero todavía no se le ha amado así.
La purificación por las faltas de fidelidad en el camino de perfección y de misión, se realiza «como el oro en el crisol» (Apoc 3,18). Hay que reorientar los desórdenes, que son consecuencia del pecado y del egoísmo. Esa purificación indica la dignidad del ser humano, como cooperador de la acción salvífica de Dios. Comienza ya en esta tierra y, si no termina en ella, debe continuar en el «purgatorio» del más allá, como dilación dolorosa por no poder ver todavía a Dios. A la «victoria» final se llega con un «nombre nuevo», que es obra del «Espíritu» de amor (Apoc 2,17).
Referencias Escatología, exequias, indulgencias, juicio divino (particular), novísimos.
Lectura de documentos LG 49-51; CEC 1030-1032, 1472-1479.
Bibliografía C. POZO, Teología del más allá ( BAC, Madrid, 1981) 515-533; J. RATZINGER, Escatología (Barcelona, Herder, 1980); J.L. RUIZ DE LA PEí‘A, La otra dimensión (Santander, Sal Terrae, 1986) 307-322; Idem, La pascua de la creación. Escatología ( BAC, Madrid, 1996) cap. X; (Congregación para la doctrina de la Fe) Documento sobre algunas cuestiones relativas a la escatología (1979).
(ESQUERDA BIFET, Juan, Diccionario de la Evangelización, BAC, Madrid, 1998)
Fuente: Diccionario de Evangelización
Se entiende por purgatorio el lugar donde van a parar, antes de pasar a la gloria celeste, todos los que mueren en gracia de Dios, pero que no fueron lo suficientemente purificados en esta vida de los pecados cometidos. Los teólogos que defienden la existencia del purgatorio se apoyan en el texto bíblico del libro de los Macabeos (2 Mac 12, 43-46); algunos teólogos acuden también a otros textos bíblicos, que no son, ni mucho menos, claros y convincentes (Eclo 7, 33; Mt 12, 32; 1 Cor 3, 10-15).
E. M. N.
FERNANDEZ RAMOS, Felipe (Dir.), Diccionario de Jesús de Nazaret, Editorial Monte Carmelo, Burbos, 2001
Fuente: Diccionario de Jesús de Nazaret
(-> purificación). El símbolo del purgatorio, entendido como lugar y tiempo de purificación y limpieza de las almas tras la muerte, no aparece desarrollado de un modo expreso en la Biblia, ni en la judía, ni en la cristiana. De todas formas, en 1 Henoc* hallamos un tipo de «lugares de acogida y preparación» de las almas de los muertos, de manera que su sentido y función podría interpretarse en la línea del purgatorio de la dogmática católica posterior, que suele apoyarse, de un modo algo forzado, en textos en los que se habla de «pagar las deudas» (cf. Mt 5,26). Sea como fuere, el tiempo que media entre la muerte de los hombres y la parusía* final del Cristo sigue siendo un misterio para el conjunto del Nuevo Testamento y, en esa línea, un tipo de teología católica ha podido hablar, de un modo simbólico, de un tiempo-espacio de purificación o purgatorio, con elementos que provienen quizá más del Antiguo que del Nuevo Testamento. Para los sacerdotes del Antiguo Testamento la purgación/purificación tiene un sentido ritual y se realiza durante el tiempo de vida de los hombres. Para el Nuevo Testamento ella va unida a la gracia de Dios y a la pascua de Cristo.
PIKAZA, Javier, Diccionario de la Biblia. Historia y Palabra, Verbo Divino, Navarra 2007
Fuente: Diccionario de la Biblia Historia y Palabra
El purgatorio es un espacio de vigilancia que se extiende de manera misericordiosa y misteriosa al tiempo después de la muerte; es una participación en la pasión de Cristo para la última purificación, que nos permitirá entrar con él en la gloria. La fe en el Dios que ha hecho suya nuestra historia es lo que nos hace creer también en una historia que aún es posible más allá de la muerte, para quien no ha crecido como debía en el conocimiento de Jesús. La anticipación de este espacio es el tiempo dedicado al cuidado de la afinación del espíritu, que se alimenta de sobriedad, desapego, honradez intelectual, frecuentes exámenes de conciencia, transparencia del corazón, integración de la vida bajo la batuta de la sabiduría evangélica: y también de la ascesis y de la purificación necesarias para fortalecernos en la tentación, desatarnos de la inercia de nuestras culpas y librarnos de la opacidad de nuestros malos hábitos.
Carlo María Martini, Diccionario Espiritual, PPC, Madrid, 1997
Fuente: Diccionario Espiritual
Realidad escatológica, que implica la purificación del hombre después de la muerte. El desarrollo del dogma ha llevado a aclarar algunos puntos que permiten distinguir entre lo que constituye el dato esencial de la fe y su elaboración teológica a lo largo de la historia.
La sagrada Escritura no habla directamente del purgatorio, pero contiene textos que permiten deducir su existencia. La tradición de la Iglesia acude particularmente a 2 Mac 12,40-45, que se refiere a la oportunidad de recurrir a la oración como fuente de perdón por el pecado de los que se durmieron en el Señor. No dice nada sobre el cómo de la acción purificadora de esta oración, ni sobre un «estado intermedio» de los que murieron en pecado. Es explícita la fe en la resurrección. Otro texto que se cita es el de Mt 5,26, donde se ha visto en la pena temporal de la cárcel un estado de expiación temporal en la vida futura. En Tertuliano, este intervalo entre la muerte y la resurrección es ocasión de purificación para todos, excepto para los mártires (De anima, 58), Algunos autores apelan a 1 Cor 3,10-15 (san Agustín, De civitate Dei 21,26,21, Con Agustín la fe en el purgatorio se configura definitivamente : después de la muerte el destino del hombre queda fijado para siempre, la purificación se refiere solamente a aquellos que, a pesar de su apego a los bienes creados, han puesto en Cristo el fundamento de su vida; el fuego se ve substancialmente como tribulación temporal que se deriva de las malas inclinaciones adquiridas.
Además de la Escritura y de la tradición de los Padres, el dato más importante de los primeros siglos (1-III1 es la práctica de los sufragios, como se deduce de las inscripciones funerarias, las actas de los mártires, etc.
En el período escolástico es importante la distinción que introduce santo Tomás entre la culpa y la pena (De malo 7 11). La culpa se perdona inmediatamente después de la muerte con un acto de amor y de arrepentimiento, pero la pena no se suprime ni disminuye, sino que ha de ser expiada. En el ámbito magisterial, el II concilio de Lyón (1274) afirma que los que murieron en la caridad de Dios «con verdadero arrepentimiento de sus pecados, antes de haber satisfecho por ellos con verdaderos frutos de penitencia», son purificados después de la muerte con «penas purgatorias». Afirma también la validez de los sufragios (Profesión de fe de Miguel Paleólogo: DS 856). El concilio de Florencia (1439) recoge estos mismos principios en el Decreto para los griegos (DS 1304). El concilio de Trento (1536) remacha la doctrina sobre el purgatorio (DS 1820) en relación con los reformadores.
Lutero excluye toda posibilidad de purificación personal, como negación de la eficacia universal expiatoria de la muerte de Cristo.
En la teología postridentina, Belarmino y Suárez sistematizan la doctrina. En los sucesivos el interés escatológico decae en cuanto a las realidades que se refieren solamente al final de la existencia terrena.
La teología contemporánea ha vuelto a resaltar la dimensión escatológica de todo el mensaje cristiano y considera el purgatorio en una perspectiva cristológica, antropológica y eclesial.
Cristológica, en cuanto que- el purgatorio se concibe a la luz del » estar con Cristo», del «morir en Cristo». Antropológica, en cuanto que subraya la dimensión subjetiva del arrepentimiento y de la toma de conciencia de sí mismo. Eclesiológica, como expresión de la dimensión penitencial de la Iglesia. Todavía quedan elementos de incertidumbre sobre el estado intermedio y . sobre la subsistencia de un «yo» puramente espiritual después de la muerte.
El concilio Vaticano II insiste en «la solidaridad vital » con los que » todavía se están purificando después de la muerte» (LG 51), y el Documento sobre algunas cuestiones relativas a la escatología de la Congregación para la doctrina de la fe (1979) reafirma la permanencia después de la muerte de un «elemento espiritual» y, por lo que atañe a los elegidos, habla de «una eventual purificación de los mismos que es preliminar a la visión de Dios, pero totalmente distinta de la pena de los condenados».
E. C Rava
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PACOMIO, Luciano [et al.], Diccionario Teológico Enciclopédico, Verbo Divino, Navarra, 1995
Fuente: Diccionario Teológico Enciclopédico
I. Punto de apoyo hermenéutico para la inteligencia de la doctrina de la Iglesia
La doctrina del p., por lo que hace a su verdadero y propio significado, sólo se puede entender dentro del marco de la doctrina general de la -> escatología. En efecto, sólo lo escatológico, como condición trascendental de todas las manifestaciones escatológicas, hace posible, tanto formalmente (por lo que se refiere a la necesidad de un enunciado correspondiente) como materialmente (por lo que se refiere a su contenido y a su facticidad), la concepción de un estado que precisamente «en el fin» tiene su significado teológico como algo especial.
Ahora bien, si lo escatológico afecta a la realidad entera (fin del -> hombre), y esta realidad se refleja fundamentalmente en el destino de cada uno; entonces el ámbito de lo individual, como parte integrante del todo, debe también por principio estar marcado por la estructura fundamental – escatológica – de éste; en la muerte del individuo se refleja y reproduce el destino final de todos, supuesto que entre ambos finales reine alguna relación esencial y que ambos no coincidan simplemente.
La situación escatológica de la existencia creyente marcada como algo absolutamente definitivo, comprende en su universalidad también la existencia de los muertos, la cual, como parte del mundo – al igual que la comunidad misma -, debido a su estructura concupiscente determinada por el pecado, sólo gradualmente y en medio de pruebas y angustias puede alcanzar su plena consumación.
Así, pues, la doctrina de la purificación forma parte esencial de una escatología cristiana elaborada reflexivamente y consciente de sus propios presupuestos. No puede ser suplantada ni por la teoría de una resurrección general de los muertos aquí y ahora (Barth), ni por la de un sueño general (Cullmann), ya que la primera no toma en serio la pluralidad y el carácter futuro de nuestra muerte, y la segunda no toma en serio nuestra condición personal; y ambas olvidan que el estado intermedio incluye la muerte como tal, de modo que así precisamente llega a la madurez la existencia cristiana en cuanto forma un todo, y que la resurrección, por mucho que se la conciba como acontecer particular, sólo brota de la victoria definitiva de la gracia.
II. La problemática de la historia de la revelación y de los dogmas
Es característico del ámbito extracristiano que todos los difuntos se hallan sin distinción en el mismo lugar (Hades, sheol), y sólo en este marco – conforme a las respectivas concepcionen escatológicas o mitológicas, diferentes en cada caso – se distinguen entre sí según los méritos y, eventualmente, tras larga lucha y después de superada la «prueba del fuego» (-> metempsicosis) con el apoyo de los vivos (oración, sacrificio). En el AT, en su fase tardía, sucede esto con vistas a la resurrección (2 Mac 13, 42-45), que según la visión inicial sólo se concede a determinadas personas (los justos) y finalmente se extiende a todos.
En el NT se agudiza la situación escatológica, por cuanto primeramente Jesús mismo y luego la comunidad primitiva (-> resurrección de la carne, -> metanoia, -> parusía l) consideran ya llegado el alborear del -> reino de Dios. Conforme al carácter definitivo de lo acontecido en Jesús, la esperanza específica del cristiano, tiene la mirada puesta en una inminente consumación general y universal – en el ámbito individual actúan todavía representaciones relativas al seol (Lc 16, 19-31) -, y la confirmación propiamente dicha de la fe y de sus obras se espera del «fuego» del juicio final (1 Cor 3, 12-15).
Desde esta perspectiva, todavía en el s. ll enseñan también Justino y Tertuliano que los difuntos aguardan la consumación «en el sepulcro». Aun después de que Ireneo concibe este estado dinámicamente (Adv. haer. iv 37, 7: PG 7, 1103s) y Orígenes, en el marco de su escatología universal (-> apocatástasis), desarrolla la doctrina de la purificación particular de cada uno (In Lc. hom. xxiv: PG 13, 1864ss: El bautismo del espíritu se realiza en el bautismo del fuego), y así en germen, enseña la doctrina de la purificación; no obstante, todavía perdura hasta el s. iv sin excepción la representación de la inmediata compenetración de purificación y juicio.
De todos modos, en occidente Agustín afirma que todos los justos (y no sólo los mártires) llegan inmediatamente a la -> visión de Dios, sin tener que aguardar el fin en un lugar indeterminado. Dado que, según eso, el proceso escatológico tiene en sí mismo una componente – esencialmente – individual, también la doctrina de la purificación queda desgajada del acontecimiento final universal: la invocación de 1 Cor 3, 12-15 pierde su sentido directo, el fuego purificador del juicio – Agustín mismo vacila todavía – se convierte en ignis purgatorius y aparece ya como auténtico ámbito intermedio para el hombre en la muerte. El mismo no estar todavía completamente con Dios significa ya un castigo (GREGORIO MAGNO, Dialogorum lib. rv 25: PL 77, 357).
La edad media sigue las huellas de Agustín y subraya además el carácter de castigo y -> satisfacción de la purificación. En el concilio II de Lyón (1274) y en el de Florencia (1439), la posición latina (Dz 456: locus purgatorius, ignis transitorius; también Dz 570ss), reforzada todavía por la definición de Benedicto XII (Dz 530ss), tiene que explicitarse frente a los griegos, que sobre el trasfondo de su tradición niegan el fuego en la purificación y en general la retribución inmediata después de la muerte (Dz 535).
Por ambas partes se reconocía la utilidad de la oración por los difuntos y la diferencia fundamental en su estado (-> visión de Dios, -> infierno). Sin embargo, los griegos, al concebir el juicio final universal como la consumación sin más, sólo podían dar una importancia relativa a la decisión para cada hombre particular. Según ellos – análogamente al estado en el sheol – los buenos y los malos estaban todavía fundamentalmente en el mismo lugar. En efecto, sólo admitían un único fuego: el juicio final. En consecuencia defendían que los santos (y excepcionalmente también los condenados) se purifican ya antes de la parusía, pero todos (también Maria y los apóstoles, Dz 535) deben pasar todavía por el juicio final (Mansi 31 A, 485ss, especialmente 488). Los griegos podían por tanto admitir, aunque con restricciones, el dogma de la decisión relativa al individuo después de la muerte (Dz 693) – en el paso del infierno al cielo – y también la doctrina de las poenae purgatorae (Dz 464 693), pero no un fuego separado; en efecto, en éste, como «fuego» en el que además todos eran salvados, veían los griegos un origenismo. Sobre esta base formularon en Lyón y Florencia, juntamente con los latinos, la doctrina de la Iglesia.
Con la reforma entra en juego otra componente. Sobre el trasfondo de la evolución occidental, que ni siquiera por la unión con oriente se dejó disuadir de sus propias representaciones (cada vez más materializantes; lugar de purificación como cámara de tortura), se pone ahora en discusión precisamente lo que antes había sido incontrovertido: la utilidad de la oración por los difuntos (-> indulgencias). Lutero, como también Melanchton y la Confessio Augustana, en un principio muy reservados (Dz 777-780), a partir de 1530 (revocación del p.) rechazan definitivamente la doctrina de la purificación; Zuinglio y Calvino, en cambio, la rechazan ya desde el principio (-> predestinación).
Frente a esto el concilio de Trento define la diferencia entre reatus culpae y reatus poenae (Dz 807 840) y el valor propiciatorio del sacrificio de la misa (Dz 940 936) también por los difuntos; pero en otro lugar dice únicamente: purgatorium esse, animasque ibi detentas fidelium suffragiis iuvari (Dz 998 983). Aquí merece tenerse en cuenta la observación de que todo lo que no sirve para la edificación, sino que únicamente promueve el ansia de lucro, la curiosidad y la superstición, debe omitirse en la predicación (Dz 983). Belarmino y Suárez dieron luego su forma al tratado De purgatorio.
III. La doctrina de la Iglesia
La doctrina del p. es un momento importante en la fe de la Iglesia. Fue formulada dogmáticamente por primera vez en la edad media (Dz 464 693), y las declaraciones posteriores no van más allá de esta posición (Dz 983 998 723a 840 2147a).
El punto central de la doctrina de la Iglesia es: Hay una purificación (por deferencia a los griegos se evita expresamente hablar de purgatorium) para todos los que vere paenitentes in Dei caritate decesserint, antequam dignis paenitentiae fructibus de commissis satis fecerint (Dz 464); en conexión con ello se enseña la utilidad de la oración por los difuntos (Dz 464 693 683), sobre el trasfondo de una fe que sabe de la seriedad de la -> muerte y de la pluralidad en la realización de la existencia escatológica del hombre (Dz 840; -> penitencia), en la que también la muerte significa una carga saludable: poenae purgatoriae.
En los documentos decisivos quedaron sin resolver las cuestiones sobre el fuego, el carácter local del p., la duración, la forma y la naturaleza intrínseca de la pena.
IV. La doctrina de la purificación en la predicación
1. Sobre el trasfondo de la presencia – escatológica – de Dios en la Iglesia hay que subrayar ante todo que la muerte misma está dentro del ámbito de la esperanza, y en su aislamiento (dado que en aquélla el hombre queda despojado de sí mismo y así se libera de su entrega pecaminosa al mundo) posee una virtud purificadora. La inmediatez con Dios intensifica aún el carácter de purificación, y así hace que en el p. la bienaventuranza del que se ha salvado esté envuelta aún en un dolor sombrío.
2. Un modo de hablar objetivamente sobre este estado del p. sólo es posible por lo que se refiere a la obra de Cristo (cf. descenso de Cristo a los -> infiernos), por cuanto su destino venció la muerte llegando a través de ella a la resurrección, y por ello ha incluido en su destino toda existencia humana. El, como su objetivo de nuestra fe, hace posible una reflexión creyente sobre la muerte.
3. La Iglesia, en virtud de su unidad (constitutiva) con Cristo, está también ligada esencialmente a sus miembros difuntos (-> comunión de los santos). Su liturgia, como actualización central de la fe, afecta a su esencia. Toda oración por los difuntos tiene sentido si actualiza esta esencia. Por tanto, un contacto inmediato con los difuntos, por su tendencia no escatológica, sería absolutamente acristiano y tendría afinidad con el espiritismo. Contra tal concepción – mágica – se alza con razón la protesta de los reformadores protestantes.
4. La escatología misma tiene carácter de acontecimiento por razón de la historicidad de la salvación absoluta. Si bien la tradición clásica no habla de esto (¿Mt 27, 53?), habría que preguntar en todo caso – en la linea de la teología latina: visio como concepto límite entre purificación y resurrección – si la consumación individual no implica también una resurrección individual, en riguroso paralelismo con el (o bien como presupuesto del) acontecimiento final universal; y así el p. sería fundamentalmente «el estado en que quienes murieron en el Señor, aguardan la consumación individual y universal». Y así la oración por los difuntos que se hallan en el p. sería una forma modificada de implorar la parusía del Señor (Ap 22, 17), con lo cual también tendría en sumo grado un sentido individual.
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Elmar Klinger
K. Rahner (ed.), Sacramentum Mundi. Enciclopedia Teolσgica, Herder, Barcelona 1972
Fuente: Sacramentum Mundi Enciclopedia Teológica
Las enseñanzas de las iglesias Católica Romana y Ortodoxa Griega declaran la existencia de un lugar de castigo temporal en el estado intermedio conocido como purgatorio donde, sostienen, todos los que mueren en paz con la iglesia pero no son perfectos, deben pasar por sufrimientos penales y purificadores. Dicen que solamente los cristianos que han logrado el estado de perfección cristiana van inmediatamente al cielo. Todos los adultos que no han sido bautizados, y los que han cometido pecado mortal después del bautismo van inmediatamente al infierno. La gran masa de cristianos parcialmente santificados que mueren en comunión con la iglesia, pero que de todos modos están cargados con algún grado de pecado, van al purgatorio donde, por un tiempo que puede ser largo o corto, sufren hasta que todo el pecado es purgado, después de lo cual son trasladados al cielo.
Los sufrimientos varían grandemente en intensidad y duración, siendo en general proporcionales a la culpa e impureza o impenitencia del sufriente. Se describen como que, en algunos casos, son comparativamente suaves, con una duración de unas pocas horas, mientras en otros casos son poco menos que los tormentos del infierno y su duración de miles de años. Pero en todo caso, habrán de terminar con el juicio final. Los dones o servicios prestados a la iglesia, oraciones de los sacerdotes y las misas proporcionadas por parientes o amigos en favor de los muertos, pueden abreviar, aliviar o eliminar el paso del alma por el purgatorio.
El protestantismo rechaza esta doctrina, puesto que la evidencia en que se funda no está en la Biblia sino en los Apócrifos, en 2 Macabeos 12:39–45.
BIBLIOGRAFÍA
Loraine Boettner
Blunt Blunt’s Dictionary of Doctrinal and Historical Theology
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Harrison, E. F., Bromiley, G. W., & Henry, C. F. H. (2006). Diccionario de Teología (502). Grand Rapids, MI: Libros Desafío.
Fuente: Diccionario de Teología
Contenido
- 1 Doctrina Católica
- 1.1 Castigo Temporal
- 1.2 Pecados Veniales
- 2 Errores
- 3 Pruebas
- 3.1 Antiguo Testamento
- 3.2 Nuevo Testamento
- 3.3 Tradición
- 4 Duración y Naturaleza
- 4.1 Duración
- 4.2 Naturaleza del Castigo
- 4.3 Mérito
- 4.4 Fuego del Purgatorio
- 5 Socorro a los Muertos
- 6 Indulgencias
- 6.1 Condición
- 7 Invocación de las almas
- 8 Utilidad de la oración por los difuntos
Doctrina Católica
Existe un purgatorio, y que las almas que están allí son ayudadas por los votos de los creyentes, pero principalmente por el aceptable Sacrificio del AltarDe acuerdo a las enseñanzas católicas, el Purgatorio (Lat., «purgare», limpiar, purificar) es un lugar o condición de castigo temporal para aquellos que, dejando esta vida en gracia de Dios, no están completamente libres de faltas veniales, o no han pagado completamente a satisfacción sus trasgresiones. La creencia de la Iglesia en relación al purgatorio está claramente expresada en el Decreto de Unión, producto del Concilio de Florencia (Mansi, t. XXXI, col. 1031), y en el decreto del Concilio de Trento (Sexx. XXV) que define: » Donde la Iglesia Católica, instruida por el Espíritu Santo, ha enseñado en concilios y recientemente en este sínodo ecuménico, (Ses. VI, cap. XXX; Sess. XXII, cap II, III) de las Sagradas Escrituras y la antigua tradición de los Padres, que existe un purgatorio, y que las almas que están allí son ayudadas por los votos de los creyentes, pero principalmente por el aceptable Sacrificio del Altar; El santo sínodo impone a los obispos que con diligente esfuerzo tengan en mente la doctrina de los Padres en los concilios en relación al purgatorio enseñado en todas partes y predicado, sostenido y creído por los creyentes» (Denzinger, «Enchiridon», 83). La Iglesia no va más allá en sus definiciones, sino que deben ser consultadas la tradición de los Padres y la escolástica para explicar las enseñanzas de los concilios, y para dejar clara la creencia y las prácticas de los creyentes
Castigo Temporal
Ese castigo temporal se debe al pecado, incluso después que el pecado mismo haya sido perdonado por Dios, lo que es claramente la enseñanza de las Escrituras. Sin dudas, Dios sacó al hombre de su primera desobediencia y le dio el poder de gobernar sobre todas las cosas (Sab. 10,2), aunque aún lo condenó a «comer el pan con el sudor de su frente» hasta que vuelva al polvo. Dios perdonó la incredulidad de Moisés y de Aarón, pero en castigo los mantuvo lejos de «la tierra prometida» (Num. 20,12). El Señor alejó el pecado de David pero la vida del niño fue confiscada porque David hizo que los enemigos de Dios blasfemaran Su Santo Nombre (2 Reyes 12,13-14). Tanto en el Nuevo como en el Antiguo Testamento, el acto de dar limosna y el ayuno y en general los actos penitentes son los frutos reañes del arrepentimiento (Mt. 3,8; Lc. 17,3; 3,3). Todo el sistema penitencial de la Iglesia da testimonio de la presunción voluntaria de hacer obras penitentes como siempre parte del verdadero arrepentimiento y el Concilio de Trento (Ses. XVI, can XI) nos recuerda la creencia que Dios no siempre remite todo el castigo debido al pecado junto con la culpa. Dios requiere satisfacción y castigará el pecado, y esta doctrina involucra como consecuencia necesaria la creencia que el pecador al fallar en hacer penitencia en esta vida, puede ser castigado en la próxima y así no ser alejado eternamente de Dios.
Pecados Veniales
Todos los pecados veniales no son iguales ante Dios, ni tampoco se atreva alguien a afirmar que las faltas diarias de la flaqueza humana serán castigadas con la misma severidad que se otorga a las serias violaciones a la ley de Dios. Por otro lado, quien sea que comparezca ante la presencia de Dios debe estar perfectamente puro porque en el sentido más estricto Sus «ojos son demasiado puros para contemplar el mal» (Hab. 1,13). La Iglesia siempre ha enseñado la doctrina del purgatorio para el pago a través de castigo temporal por los pecados veniales debidos y no arrepentidos al momento de la muerte. Tan profunda era la creencia enraizada en nuestra humanidad común que fue aceptada por los judíos y, al menos en forma solapada por los paganos mucho tiempo antes del advenimiento del cristianismo. («Aeneid,» VI, 735 sq.; Sófocles, «Antigona,» 450 sq.).
Errores
San Epifanio (haer., LXXV, P.G., XLII, col. 513) reclamaba que Acrius (siglo cuarto) enseñaba que las oraciones por los muertos no eran de ningún beneficio. En la Edad Media, la doctrina del purgatorio fue rechazada por los albigenses, valdenses y husitas. San Bernardo (Serm. LXVI en Cantic., P. L. CLXXXIII, col. 1098) declara que el llamado «Apostolici» niega el purgatorio y la utilidad de las oraciones por los que se habían ido. La posición griega ha levantado mucha discusión sobre el tema del purgatorio. Pareciera que la gran diferencia de opinión no está en relación a la existencia del purgatorio sino en relación a la naturaleza del fuego del purgatorio; aún así, Santo Tomás de Aquino prueba la existencia del purgatorio en su disertación contra los errores de los griegos y el Concilio de Florencia. También consideró necesario afirmar la creencia de la Iglesia sobre el tema (Bellarmino, «De Purgatorio,» lib. I, cap. I). La Iglesia Ortodoxa moderna niega el purgatorio, aunque es bastante inconsistente en su forma de plantear su creencia.
Al principio de la Reforma había algo de duda especialmente por parte de Lutero (Disputas de Leipzig) en relación a si la doctrina debía mantenerse, pero en la medida que la brecha crecía, la negación del purgatorio por los reformistas se tornó en idea universal y Calvino nombró la posición católica como «exitiale commentum quod crucern Christi evacuat… quod fidem nostram labefacit et evertit» (Institutiones, lib. III, cap. v, 6). Los protestantes modernos, mientras evitan el nombre purgatorio, frecuentemente enseñan la doctrina del «estado medio» y Martensen («Dogmáticos Cristianos,» Edimburgo, 1890, p. 457) escribe: «Como ninguna alma deja la presente existencia en un estado total y completamente preparado, debemos suponer que existe un estado intermedio, un reino de desarrollo progresivo (?) donde las almas son preparadas para el juicio final»(Farrar, «Piedad y Juicio,» Londres, 1881, cap. iii).
Pruebas
La doctrina católica del purgatorio supone que algunos mueren con pequeñas faltas de las cuales no hubo verdadero arrepentimiento, y también del hecho que la pena temporal debida al pecado no está completamente pagada en esta vida. Las pruebas de la posición católica, ambas, en las Escrituras y en la Tradición, están atadas también con la práctica de orar por los muertos. Pero ¿ por qué orar por los muertos si no hubiera la creencia en el poder de la oración para proporcionar consuelo a aquellos quienes aún están excluidos de ver a Dios?. Esta posición es tan cierta que las oraciones por los muertos y la existencia de un lugar de purgación son mencionadas conjuntamente en los más antiguos pasajes de los Padres, los cuales alegan razones para auxiliar a las almas que ya partieron. Aquellos que se han opuesto a la doctrina del purgatorio han confesado que las oraciones por los muertos podrían ser el argumento sin respuesta si la doctrina moderna del «juicio particular» hubiese sido asumida en los primeros tiempos. Pero, basta con leer los testimonios alegados de más adelante para sentirse seguro que los Padres hablan, con el mismo aliento, de ofrendas a los muertos y de un lugar de purga;
Y basta con consultar la evidencia encontrada en las catacumbas para sentirse igualmente seguro que la allí expresada fe cristiana, abraza claramente la creencia en el juicio inmediatamente después de la muerte. Wilpert («Roma Sotteranea,» I, 441) entonces concluye en el capítulo XXI, «Che tale esaudimento», etc.,
«Se ha intercedido por el alma de los amados que han partido y Dios ya escuchado las oraciones, y el alma ha pasado a un lugar de luz y frescura» «Seguramente», Wilpert agrega, «tal intercesión no tendría lugar si el asunto fuera sobre el juicio final y no sobre el particular».
Bastante se ha tratado el tema de la objeción que los antiguos cristianos no tenían un concepto claro del purgatorio y que pensaban que las almas que partían se mantenían en incertidumbre de salvación hasta el último día; y, consecuentemente oraban por aquellos que se habían ido antes, y que pudieran, en el juicio final, escapar incluso los eternos castigos del infierno. Las tradiciones cristianas más antiguas son bien claras en cuanto al juicio particular y, más claramente en relación a la aguda distinción entre purgatorio e infierno. Los pasajes mencionados como referentes al auxilio del infierno no pueden desalinear la evidencia entregada más abajo. (Bellarmino, «De Purgatorio,» lib. II, cap. v). En relación al famoso caso de Trajano, el cual fue debatido por los Doctores de la Edad Media, ver Belarmino, loc. Cit., cap. Viii.
Antiguo Testamento
La tradición de los judíos está clara y precisamente establecida en la II Macabeos. Judas, comandante de las fuerzas de Israel «reuniéndolos…envió doce mil dracmas de plata a Jerusalén para ofrecer en sacrificio por los pecados de los muertos, pensando bien y religiosamente en relación a la resurrección (porque si él no esperara que aquellos que fueron esclavos pudieran levantarse nuevamente, habría parecido superfluo y vano orar por los muertos). Y, porque consideró que aquellos que se han dormido en Dios tienen gran gracia en ellos. «Es por lo tanto, un pensamiento sagrado y saludable orar por los muertos, que ellos pueden ser librados de los pecados» (2 Mac. 12,43-46). En los tiempos de los Macabeos los líderes del pueblo de Dios no tenían dudas en afirmar la eficiencia de las oraciones ofrecidas por los muertos para que aquellos que habían partido de ésta vida encuentren el perdón por sus pecados y esperanza de resurrección eterna.
Nuevo Testamento
Hay varios pasajes en el Nuevo Testamento que apuntan a un proceso de purificación después de la muerte. Es por esto que Jesucristo declara (Mt. 12,32) «Y quien hable una palabra contra el Hijo del Hombre, será perdonado: pero aquel que hable una palabra contra el Espíritu Santo, no será perdonado ni en este mundo ni en el que vendrá». De acuerdo a San Isidoro de Sevilla (Deord. creatur., c. XIV, n. 6) estas palabras prueban que en la próxima vida «algunos pecados serán perdonados y purgados por cierto fuego purificador». San Agustín también argumenta «algunos pecadores no son perdonados ni en este mundo o en el próximo «que a algunos pecadores no se les perdonarán sus faltas ya sea en este mundo o en el próximo no se podría decir con verdad a no ser que hubieran otros (pecadores) quienes, aunque no se les perdone en esta vida, son perdonados en el mundo por venir.» (De Civ. Dei, XXI, XXIV). Gregorio el Grande (Dial., IV, XXXIX) hace la misma interpretación; San Beda (comentario sobre este texto); San Bernardo (Sermo LXVI en Cantic., n.11) y otros eminentes teólogos escritores.
Alma del Purgatorio , por María Laura Rebaza Gutiérrez, destacada ceramista y artista gráfica peruana. 2012.Un nuevo argumento es dado por San Pablo en 1 Cor. 3,11-15: » Pues nadie puede cambiar la base; ya está puesta, y es Cristo Jesús Sobre este cimiento se puede construir con oro, plata, piedras preciosas, madera, caña o paja. [13] Un día se verá el trabajo de cada uno. Se hará público en el día del juicio, cuando todo sea probado por el fuego. El fuego, pues, probará la obra de cada uno. [14] Si lo que has construido resiste al fuego, serás premiado. [15] Pero si la obra se convierte en cenizas, el obrero tendrá que pagar. Se salvará, pero no sin pasar por el fuego.» Dado que este pasaje presenta considerables dificultades, es visto por muchos de los Padres y teólogos como evidencia de la existencia de un estado intermedio en el cual la basura de trasgresiones livianas serán quemadas y de este modo, el alma purificada será salvada. Esto, de acuerdo a Belarmino (De Purg., I,5) es la interpretación mas comúnmente dada por los Padres y teólogos; y cita para tales efectos:
- San Ambrosio (comentario sobre el texto, y Sermo XX en Ps. CXVII),
- San Jerónimo, (Com. en Amós, c. 4),
- San Agustín (Com. en Ps. 38),
- San Gregorio (Dial., IV, XXXIX), y
- Orígenes (Hom. VI en Exod.).
Ver también a Santo Tomás «Contra Gentes,», IV, 91. Ver Atzberger sobre una discusión del problema exegético en «Die christliche Eschatologie», p. 275.
Tradición
Esta doctrina que muchos que han muerto aún están en un lugar de purificación y que las oraciones valen para ayudar a los muertos es parte de la tradición cristiana más antigua. Tertuliano en «De corona militis» menciona las oraciones para los muertos como una orden apostólica y en «De Monogamia» (cap. x, P. L., II, col. 912) aconseja a una viuda «orar por el alma de su esposo, rogando por el descanso y participación en la primera resurrección»; además, le ordena » hacer sacrificios por él en el aniversario de su defunción,» y la acusó de infidelidad si ella se negaba a socorrer su alma. Esto estableció un claro hábito de la Iglesia desde San Cipriano quien (P. L. IV, col. 399) prohibió las oraciones habituales para quien ha violado la ley eclesiástica. «Nuestros predecesores prudentemente aconsejaron que ningún hermano, que deja esta vida, debe nombrar a ninguna persona de la Iglesia como su ejecutor; y de hacerlo, no se debe realizar ningún sacrificio por él ni ofrenda por su reposo.» Mucho tiempo antes de Cipriano, Clemente de Alejandría había tratado de resolver el problema del estado o condición del hombre que, reconciliado con Dios en su lecho de muerte, no tuvo el tiempo necesario para completar la penitencia debida a su trasgresión. Su respuesta es: «el creyente a través de la disciplina se despoja de sus pasiones y pasa a una mansión donde es mejor que el anterior, pasa por el más gran tormento, tomando con él la característica de arrepentimiento por las faltas que pudo haber cometido luego del bautismo. El es entonces, torturado aún más, no obteniendo aún lo que el ve que otros han adquirido. Los mayores tormentos son asignados al creyente, porque la virtud de Dios es buena y Su bondad, correcta, y aunque estos castigos cesan durante el curso de la expiación y purificación de cada quien, «aún» etc. (P. G. IX, col. 332).
Con Orígenes, la doctrina del purgatorio es muy clara. Si un hombre deja esta vida con faltas pequeñas, es condenado al fuego que quema los materiales pequeños, y prepara el alma para el Reino de Dios, donde no puede entrar nada manchado. «Porque si sobre la base de Cristo, haz construido no sólo oro y plata sino piedras preciosas (1 Cor. 3); sino también madera, caña o paja ¿qué es lo que esperas cuando el alma sea separada del cuerpo? ¿Entrarías al cielo con tu madera y caña y paja y de este modo manchar el reino de Dios? ¿ o en razón de estos obstáculos podrías quedarte sin recibir premio por tu oro y plata y piedras preciosas? Ninguno de estos casos es justo. Queda entonces, que serás sometido al fuego que quemará los materiales livianos; para nuestro Dios, a aquellos que pueden comprender las cosas del cielo está llamado el fuego purificador”.
Pero este fuego no consume a la creatura, sino lo que ella ha construido, madera, caña o paja. Es manifiesto que el fuego destruye la madera de nuestras trasgresiones y luego nos devuelve con el premio de nuestras grandes obras.» (P. G., XIII, col. 445, 448).
La práctica apostólica de orar por los muertos la cual pasó a la liturgia de la Iglesia, fue tan clara en el siglo IV como lo es en el XX. San Cirilo de Jerusalén (Catechet. Mystog., V, 9, P.G., XXXIII, col. 1116) escribe al describir la liturgia: «Entonces oramos por los Santos Padres y Obispos que han muerto; y brevemente por todos aquellos que han dejado esta vida en nuestra comunión; creyendo que las almas de aquellos por quienes oramos reciben un gran alivio, mientras esta santa y tremenda víctima yace en el altar.» San Gregorio de Niza (P. G., XLVI, col. 524, 525) declara que las debilidades del hombre son purgadas en esta vida a través de la oración y sabiduría, o son expiadas en la próxima a través del fuego limpiador. » Cuando el renuncia a su cuerpo y la diferencia entre la virtud y el vicio es conocida, no puede acercarse a Dios hasta no haber purgado con fuego que limpia las manchas con las cuales su alma está infectada. Ese mismo fuego en otros cancelará la corrupción de materia y la propensión al mal». Más menos en los mismos tiempos, la Constitución Apostólica nos entrega los formularios usados para socorrer a los muertos. «Oremos por nuestros hermanos que durmieron en Cristo, que Dios en su amor por los hombres reciba el alma del que partió y le perdone todas sus faltas, y por misericordia y clemencia lo reciba en el seno de Abraham, junto con aquellos que, en esta vida, han agradado a Dios» (P. G. I, col. 1144). Tampoco podemos omitir el uso de los dípticos donde son inscritos los nombres de los muertos; y este recordatorio por los nombres en los misterios sagrados (una práctica desde los Apóstoles) fue considerada por San Juan Crisóstomo como la mejor forma de aliviar a los muertos (En I Ad Cor., Hom. XLI, n. 4, G., LXI, col. 361, 362). Las enseñanzas de los Padres, y las fórmulas usadas en la liturgia de la Iglesia, encuentran su expresión en los monumentos más antiguos del cristianismo, particularmente en aquellos contenidos en las catacumbas. En las tumbas de los creyentes se inscribían palabras de esperanza, palabras de petición por su paz y descanso; y en la medida que se acercaban los aniversarios, se reunían los creyentes alrededor de las tumbas de los muertos para interceder por aquellos que se habían marchado. En el fondo, esto no es nada menos que la fe expresada en el Concilio de Trento (Ses. XXV, «De Purgatorio»), y para esta fe, las inscripciones en las catacumbas eran con seguridad, testigos. En el siglo IV en Occidente, Ambrosio insiste en su comentario a San Pablo (1 Cor. 3) en la existencia del purgatorio, y en su oración funeraria maestra (De obitu Theodosii), donde oraba por el alma del emperador que había partido: » Da, Oh Señor, descanso a Tu servidor Teodosio, aquella paz que Tú has preparado para tus santos….Lo amaba, por eso lo seguiré a la tierra de los vivos; no lo dejaré hasta que por mis oraciones y lamentaciones sea admitido en el santo monte del Señor, a quien sus méritos llama» (P. L., XVI, col. 1397).
San Agustín es aún más claro que su maestro. Describe dos condiciones de los hombres: «algunos son aquellos que han partido de esta vida no tan mal como para no merecer misericordia, ni tan buenos como para merecer la felicidad inmediata» etc, y en la resurrección, dice, habrá algunos quienes han pasado por estas penas de las cuales los espíritus de los muertos son responsables» (De Civ. Dei, XXI, 24). Es así como, al final del siglo IV no sólo (1) encontramos oraciones por los muertos en todas las liturgias, sino que los Padres afirmaron que tal práctica era de los mismos Apóstoles; (2) aquellos que son ayudados por las oraciones de los creyentes y por la celebración de los Sagrados Misterios, están en un lugar de purgación; (3) desde donde una vez purificados, serán «admitidos en el Sagrado Monte del Señor». Esta tradición patrística es tan clara, que aquellos que no creen en el purgatorio no han sido capaces de presentar ninguna seria dificultad de los escritos de los Padres. Los pasajes citados, por el contrario, ya sea que no tocan el tema del todo, o son tan carentes de claridad que no pueden desalinear la perfectamente abierta expresión de la doctrina como se encuentra en los mismos Padres quienes son citados como sosteniendo opiniones contrarias (Bellarmine «De Purg.», lib. I, cap. XIII).
Duración y Naturaleza
Duración
Las mismas razones que fundamentan la existencia del purgatorio, dan testimonio de su carácter pasajero. Oramos y ofrecemos sacrificios por las almas de allí que «Dios en su misericordia puede perdonar las faltas y recibirlas en el seno de Abraham.» (Const. Apost., P. G., I col. 1144); y Agustín (De Civ. Dei, lib. XXI, cap.XIII y XVI) declara que el castigo del purgatorio es temporal y cesará al menos en el Juicio Final. «Aunque los castigos temporales serán sufridos por algunos solo en esta vida, por otros luego de la muerte y por otros en ambos; pero todos antes del mas estricto y final juicio».
Naturaleza del Castigo
Queda claro en las Escrituras y por los Padres citados más arriba, que las almas de aquellos por cuya paz se ofrece sacrificio, quedan hasta el momento impedidas de la visión de Dios. «No eran tan buenas como para merecer la felicidad eterna». Aún así, para ellas «la muerte es el término no de la naturaleza, sino del pecado» (Ambrosio, «De obitu Theodos.»); y esta inhabilidad para pecar les asegura su felicidad final. Esta es la posición católica proclamada por León X en la Bula «Exurge Domine» la cual condena los errores de Martín Lutero.
¿Están las almas detenidas en el purgatorio conxcientes que su felicidad es aplazada por un tiempo o puede aún estar en duda en relación a su salvación final?. Las antiguas liturgias y las inscripciones en las catacumbas hablan de un «sueño de paz» lo cual sería imposible si hubiera dudas de la salvación final. Algunos de los Doctores de la Edad Media planteaban que la incertidumbre de la salvación es uno de los castigos severos del purgatorio (Bellarmino, «De Purgat.» lib. II, cap. iv); aunque esta opinión no encuentra crédito general entre los teólogos del período medieval, tampoco es posible bajo la luz de la fe un juicio particular. San Buenaventura no da como la razón de la eliminación de este temor y de incertidumbre, la convicción íntima que ya no pueden pecar más (lib. IV, dist. XX, p.1, a.1 q. IV): «Est evacuatio timoris propter confirniationem liberi arbitrii, qua deinceps scit se peccare non posse» (El miedo es echado fuera por la fortaleza de la voluntad por la cual el alma sabe que no puede volver a pecar) y Santo Tomás (dist. XXI, q.I, a.1) que dice: «nisi scirent se esse liberandas suffragia non peterent» (a no ser que hubieran sabido que serían liberados, no pedirían oraciones).
Mérito
En la Bula «Exurge Domine» León X condena la proposición (n. 38) «Nec probatum est ullis aut rationibus aut scripturis ipsas esse extra statum merendi aut augendae caritatis» (No hay prueba racional o por las Escrituras que ellas (las almas del purgatorio) no puedan merecer o aumentar en caridad). Para ellas, «la noche ha llegado donde ningún hombre puede trabajar» y la tradición cristiana siempre ha considerado que sólo en esta vida puede trabajar para beneficio de su propia alma. Los Doctores de la Edad Media mientras acordaban que ésta vida es el momento para el mérito y aumento de la gracia, aún algunos con Santo Tomás parecen cuestionar si acaso pudiera haber algún premio no esencial que las almas del purgatorio pudieran merecer (IV, dist. XXI, q. I, a. 3). Belarmino cree que en esta materia, Santo Tomás cambió su opinión y se refiere a una declaración del mismo Santo Tomás («De Malo», q. VII, a. 11). Sea cual sea la mente del Doctor Angélico, los teólogos acuerdan que no es posible ningún mérito en el purgatorio y si hay objeciones que las almas logran méritos por las oraciones, Belarmino dice que tales oraciones valen ante Dios por mérito ya adquirido «(Solum impetrant ex meritis praeteritis quomodo nunc sancti orando) pro nobis impetrant licet non merendo» (Valen sólo en virtud de méritos pasados así como aquellos que hoy son santos interceden por nosotros no por mérito sino por oración.) (loc. cit. II, cap. III).
Fuego del Purgatorio
Besario, en el Concilio de Florencia argumentó en contra de la existencia de un real fuego del purgatorio, y los griegos estaban seguros que la Iglesia Romana nunca había emitido ningún decreto dogmático sobre tal tema. En Occidente, la creencia en la existencia del fuego real es común. Agustín en Ps.37 n.3, habla del dolor que el fuego del purgatorio produce, como más severo que ninguna cosa puede sufrir un hombre en esta vida, «gravior erit ignis quam quidquid potest homo pati in hac vita» (P. L., col. 397). Gregorio el Grande habla de aquellos que, después de esta vida «expiarán sus faltas con flamas del purgatorio» y agrega «que el dolor será más intolerable que ninguno en esta vida» (Ps.3 Poenit, n. 1). Siguiendo los pasos de Gregorio, Santo Tomás enseña (IV, dist. XXI, q I(, a1) que aparte de la separación del alma de la vista de Dios, hay otro castigo del fuego. «Una poena damni, in quantum scilicet retardantur a divina visione; alia sensus secundum quod ab igne punientur», y San Buenaventura no solo concuerda con Santo Tomás, sino que agrega (IV, dist. XX, p.1, a.1, q. II) que este castigo con fuego es más severo que ningún castigo que le llegue al hombre en esta vida»;»Gravior est oinni temporali poena. quam modo sustinet anima carni conjuncta». Los Doctores no saben cómo este fuego afecta a las almas de los que partieron y, en tales materias es bueno reparar las advertencias del Concilio de Trento al ordenar a los obispos «excluir de sus sermones cuestiones difíciles y perspicaces que no tienden a la edificación y de cuya discusión no aumenta ni la piedad ni la devoción» (Sess. XXV, «De Purgatorio»).
Socorro a los Muertos
Las Escrituras y los Padres, ordenan oraciones y oblaciones por los que han partido y el Concilio de Trento (Sess. XXV, «De Purgatorio») en virtud de esta tradición no sólo afirma la existencia del purgatorio sino que agrega «que las almas que están allí detenidas, son ayudadas por los votos de los creyentes y principalmente por el aceptable sacrificio del altar». La enseñanza cristiana más antigua es que aquellos en la Tierra aún están en comunión con las almas del purgatorio, y que los vivos ayudan a los muertos con sus oraciones y queda claro de la tradición descrita más arriba. Que el Santo Sacrificio era ofrecido por los que han partido fue recibido por la Tradición Católica incluso en los tiempos de Tertuliano y Cipriano, y que las almas de los muertos son ayudadas particularmente «mientras la sagrada víctima yace en el altar» es una expresión de SanCirilo de Jerusalén citada anteriormente. Agustín (Serm. Clxii, n.2) dice que «las oraciones y limosnas del creyente, el Santo Sacrificio del Altar ayuda al creyente que partió y mueve al Señor a manejarlos con misericordia y bondad y, agrega, «Esta es la práctica de la Iglesia universal facilitada por los Padres». Ya sea que nuestras obras de satisfacción realizados en pro de los muertos los beneficia puramente por la benevolencia y piedad de Dios o ya sea que Dios se obliga en justicia aceptar nuestra expiación sustitutiva, no es una cuestión ya determinada. Suárez piensa que la aceptación es una aceptación de justicia, y afirma la práctica común de la Iglesia que une juntos a los vivos con los muertos sin ningún tipo de discriminación (De poenit., disp. XLVIII, 6, n. 4).
Indulgencias
El Concilio de Trento (Sess. XXV) define que las indulgencias son «muy saludables para los cristianos» y que su «uso es para ser mantenida en la Iglesia». La enseñanza más común de los teólogos católicos es que las indulgencias pueden ser aplicadas a las almas detenidas en el purgatorio; y que las indulgencias están disponibles para ellos «por medio del voto» (per modum suffragii).(1) Agustín (De Civ. Dei, XX, IX) declara que las almas de los creyentes que han partido no están separadas de la Iglesia, la cual es el Reino de Cristo, y por esta razón las oraciones y votos de los vivos son de ayuda para los muertos. «Entonces, si» – argumenta Belarmino (De indulgentiis, XIV) «podemos ofrecer nuestras oraciones y satisfacciones en pro de aquellos detenidos en el purgatorio, porque somos miembros del gran cuerpo de Cristo ¿porqué la Vicaría de Cristo no aplica a las mismas almas la superabundante satisfacción de Cristo y sus santos- de los cuales El es su dispensador?» Esta es la doctrina de Santo Tomás (IV, Sent., dist. Xls, q. II, a.3 q.2) quien afirma que las indulgencias benefician principalmente a la persona que realiza la obra por la cual es dada la indulgencia, y secundariamente puede servir igual para los muertos, si la forma en la cual la indulgencia es otorgada es enunciada como capaz de tal interpretación, y agrega «tampoco hay razón alguna por la que la Iglesia no disponga de sus tesoros de méritos en favor de los muertos, como seguramente dispone en relación a los vivos». (2) San Buenaventura (IV, Sent., dist. Xx, p.2, q.v) concuerda con Santo Tomás pero agrega que tal «relajación no puede darse bajo la forma de absolución como en el caso de los vivos, sino sólo en la forma de voto (Haec non tenet modum judicii, sed potius suffragii). Esta opinión de San Buenaventura, que la Iglesia a través de su Pastor Supremo no absuelve jurídicamente las almas en el purgatorio del castigo debido a sus pecados, es la enseñanza de los Doctores. Ellos señalan (Gratian, 24 q. II, 2, can.1) que en el caso de aquellos que han partido de esta vida el juicio está reservado a Dios; ellos afirman la autoridad de Gelasio (Ep. ad Fausturn; Ep. ad. Episcopos Dardaniae) en apoyo de su argumento (Graciano ibid), y también insisten que los Pontífices Romanos cuando otorgan indulgencias que son aplicables a los muertos, agregan la restricción «per MODEM suffragii et deprecationis». Esta frase se encuentra en la Bula de Sixto IV «Romani Pontificis próvida diligentia», 27 de Nov., 1447. La frase «per modum suffragi et deprecationis» ha sido interpretada de varias maneras (Belarmino, «De Indulgentiis» p. 137). Belarmino mismo dice: «La opinión verdadera es que las indulgencias valen como votos, porque ellas valen no para modelar una absolución jurídica ‘quia non prosunt per modum juridicae absolutionis’.» Pero, de acuerdo al mismo autor, el voto de los creyentes vale por momentos «per modum meriti congrui» (por vía del mérito), y en otros momentos, «per modum impetrationis» (por medio de súplica) a veces «per modum satisfactionis» (por medio de satisfacción); pero cuando se trata de aplicar una indulgencia a alguien en el purgatorio sólo es «per modum suffragii satisfactorii» y por esta razón «el Papa no absuelve el alma en purgatorio del castigo debido al pecado, sino que ofrece a Dios lo que sea necesario de sus tesoros para la cancelación de este castigo». Si la cuestión continuara si tal satisfacción es aceptada por Dios por piedad y benevolencia, o «ex justitia», los teólogos no están de acuerdo – algunos sostienen una opinión, otros otra. Belarmino luego de examinar ambos lados (pp. 137, 138) no osa establecer «ninguna opinión sino que se inclina a pensar que los primeros son más razonables mientras que se pronuncia que los últimos están mas en armonía con la misericordia («admodum pia»).
Condición
Para que una indulgencia pueda beneficiar a aquellos en el purgatorio, se requieren varias condiciones:
- La indulgencia debe ser otorgada por el Papa.
- Debe haber suficiente razón para otorgarla, la indulgencia y su razón deben incumbir a la gloria de Dios y utilidad de la Iglesia, no solamente para ser más útiles para las almas del purgatorio.
- La obra pía ordenada debe ser como en el caso de las indulgencias para los vivos.
Si el estado de gracia no es una condición requerida, con toda probabilidad la persona que desempeña la obra puede ganar la indulgencia para los muertos, incluso si el mismo no esté en amistad con Dios (Belarmino, loc. Cit., p.139). Suárez (De Poenit., disp. HI, s.4, n.5 y 6) establece esto categóricamente cuando dice: «Status gratiae solum requiritur ad tollendum obicem indulgentiae» (el estado de gracia es solo requerido para remover algún estorbo a la indulgencia), y en el caso de las almas sagradas, no puede haber impedimento. Esta enseñanza deslinda con la doctrina de la Comunión de los Santos y los monumentos de las catacumbas representan los santos y mártires como intercesores con Dios por los muertos. También las oraciones de las antiguas liturgias hablan de María y los santos intercediendo por aquellos que se han ido de esta vida. Agustín cree que el entierro en una basílica dedicada a un sagrado mártir es de valor para un muerto, porque aquellos que recuerdan su memoria que ha sufrido recomendará a las oraciones del mártir el alma de aquel que ha dejado esta vida (Belarmino, lib. II, xv) En el mismo lugar, Belarmino acusa a Domingo A. Soto de imprudencia porque niega esta doctrina.
Invocación de las almas
¿Oran por nosotros las almas en el purgatorio? ¿Podemos pedir su intervención en nuestras necesidades? No hay una decisión respecto a este tema en la Iglesia, tampoco los teólogos se han pronunciado definitivamente en relación a la invocación de las almas en el purgatorio y su intercesión por los vivos. En las antiguas liturgias, no hay oraciones de la Iglesia dirigidas a aquellos que aún están en el purgatorio. En las tumbas de los primeros cristianos lo más común es encontrar una oración o súplica pidiendo que quien partió interceda ante Dios por los amigos sobrevivientes, aunque estas inscripciones siempre parecen suponer que quien partió ya está con Dios. Santo Tomás (II-II:83:11) niega que las almas en el purgatorio oren por los vivos y establece que no están en posición de orar por nosotros, sino al revés, nosotros debemos interceder por ellos. A pesar de la autoridad de Santo Tomás, muchos renombrados teólogos sostienen que las almas en el purgatorio realmente oran por nosotros y que podemos invocar su ayuda. Belarmino (De Purgatorio, lib. II, XV) dice que la razón aludida por Santo Tomás no es del todo convincente y sostiene que en virtud de su mayor amor de Dios y su unión con El sus oraciones pueden tener mayor poder de intercesión, porque son realmente superiores en amor de Dios y de intimidad de unión con El. Suárez (De poenit., disp. XLVII, s. 2, n. 9) va más allá y afirma «que las almas del purgatorio son sagradas y amadas por Dios, que nos aman con amor verdadero y están atentas a nuestros deseos; que conocen de modo general nuestras necesidades y nuestros peligros y cuán grande es nuestra necesidad de ayuda y gracia Divina».
Al plantearse la cuestión de invocar las oraciones de aquellos en el purgatorio, Belarmino (loc. Cit) piensa que es superfluo, ordinariamente hablando, porque ellos ignoran nuestras circunstancias y condiciones. Esta opinión es discordante con la opinión de Suárez, quien admite conocimiento al menos en una forma general, también con la opinión de muchos teólogos modernos quienes plantean la hoy común práctica en casi todos los creyentes de dirigir sus oraciones y peticiones en ayuda de aquellos que aún están en un lugar de purgación. Scavini (Theol. Moral., XI, n. l74) no encuentra razones porqué las almas detenidas en el purgatorio, no pudieran orar por nosotros, incluso que oremos los unos por los otros. El afirma que esta práctica ha sido común en Roma y tiene el gran nombre de San Alfonso en su favor. San Alfonso en su obra «Grandes Medios de Salvación» capítulo I, III, 2 luego de citar a Silvio, Gotti, Lessius y Medina como favorables a esta opinión, concluye: «de este modo las almas en purgatorio, siendo amadas por Dios y confirmadas en gracia, no tienen absolutamente ningún impedimento que evite que oren por nosotros. Aún así, la Iglesia no los invoca o implora su intercesión porque ordinariamente no tienen conocimiento de nuestras oraciones. Pero podemos píamente creer que Dios les da a conocer nuestras oraciones».
El sostiene también la autoridad de Santa Catalina de Bolonia quien «siempre que ella deseó algún favor apelaba a las almas en purgatorio y era inmediatamente escuchada»
Utilidad de la oración por los difuntos
Es materia de fe tradicional de los católicos, que las almas en el purgatorio no están separadas de la Iglesia y que el amor que es el lazo de unión entre los miembros de la Iglesia debe abrazar a aquellos que han dejado esta vida en la gracia de Dios. Por lo tanto, dado que nuestras oraciones y sacrificios pueden ayudar a aquellos que aún esperan en el purgatorio, los santos no han dudado en advertirnos que tenemos un real deber hacia aquellos que aún expían en el purgatorio. La Santa Iglesia a través de la Congregación para las Indulgencias, el 18 de diciembre de 1885 ha conferido una bendición especial a los así llamados «actos heroicos» en virtud de los cuales » un miembro militante de la Iglesia ofrece a Dios por las almas en purgatorio, todas las buenas obras que realizará durante su vida y también todos los votos que pudiesen acumularse después de su muerte» (Acto Heroico, vol VII, 292). La práctica de devoción a los muertos es también consoladora para la humanidad y eminentemente apropiado de una religión que secunda todos los más puros sentimientos del corazón humano. «Dulce» dice el Cardenal Wiseman (clase XI), «es el consuelo del hombre que está muriendo quien, conciente de su imperfección, cree que hay otros que intercederán por él, cuando su propio tiempo de méritos haya expirado; es un calmante para los afligidos sobrevivientes pensar que poseen medios poderosos para mitigar a sus amigos. En los primeros momentos de dolor, este sentimiento a menudo subyugará el prejuicio religioso, derribando al no creyente poniéndolo de rodillas al lado de los restos de su amigo y arrebatar de él una inconsciente oración por su descanso, siendo esto un impulso de la naturaleza la cual, por el momento, ayudada por las analogías de la verdad revelada, atrapa inmediatamente esta creencia consoladora. Pero esto es solo una fugaz y melancólica luz, mientras que el sentimiento católico, regocijándose, aunque con solemne oscuridad, se asemeja a la lámpara infalible, de la cual la piedad de los antiguos se dice que ha estado suspendida ante los sepulcros de sus muertos».
Fuente’: Hanna, Edward. «Purgatory.» The Catholic Encyclopedia. Vol. 12. New York: Robert Appleton Company, 1911.
http://www.newadvent.org/cathen/12575a.htm
Traducido por Carolina Eyzaguirre Arroyo.
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Fuente: Enciclopedia Católica